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B
Beckham
08/04/2004 19:56

NO a tender ropa en azotea

¿Es conveniente tender la ropa en la azotea del edificio?

5.927 lecturas | 15 respuestas
Hola!

He leído la circular en la q se nos comunica que para el día 15 de este mes hay una reunión para tratar diversos temas, entre ellos la posibilidad de tender la ropa en la azotea del edificio, a lo cual tengo que decir que yo personalmente, e imagino que otros vecinos opinaran como yo, NO ESTOY PARA NADA DE ACUERDO, ya que esto va a traernos muy nefastas consecuencias, pues al andar subiendo y bajando a la azotea y pisando continuamente, a los que vivimos en los ultimos pisos se nos van a producir goteras y me niego en rotundo a que por tender ropa arriba, estén pasando por encima de mi casa y removiendo la gravilla, facilitando así como digo, que cuando llueva (o incluso con la ropa mojada que tiendan), se nos hagan goteras en nuestras casas, eso sin contar lo "cutre" que me parece que anden los vecinos para arriba y para abajo con barreños cargados de ropa como en la post-guerra. Asímismo eso va a dar facilidades a los cacos de poder colarse a robar.

Esa es mi opinión e imagino que habrá vecinos que piensen como yo. Creo que para la ropa ya están los tendederos.

Gracias y saludos
 
A
aragon
15/04/2004 13:05
La zonas tansitables a la que se refieren son las terrazas de los aticos, que van con baldosas, lo demas va con gravilla.
 
M
msrg
15/04/2004 11:51
Hola:

Tengo unas dudas sobre esto. En la memoria de calidades pone que hay "zonas transitables", cubiertas con baldosa y "zonas no transitables" que seran las de grava. Supongo que la peticion se referia a las zonas transitables.
A mi me parece bien que se habiliten esas zonas, para tender la ropa o para tomar el sol, lo que tendría que quedar claro es que sería para disfrute de TODOS los vecinos, y no solo de los que esten al lado, porque si no con la excusa de la ropa se pueden quedar con la azotea para su uso particular, por que obviamente una terracita ahi es muy golosa (ya sabeis, fiestas, etc...)

Saludos.
 
N
nanel23
15/04/2004 10:58
Solo os digo una cosa, bajo la gravilla hay una tela asfáltica que es la que protege de las filtraciones de agua y si se pisa la gravilla esta tela se rompe, hay goteras y la comunidad tiene que pagar una obra que resulta bien cara, al que le compense que vote a favor, al que no, en contra. La reunión es hoy a las 19h en primera convocatorio y a las 19:30h en segunda. Nos vemos allí!!!
 
A
ana y carlos
15/04/2004 10:57
Beckham estoy contigo
 
B
Beckham
14/04/2004 21:10
Quizas no me he explicado bien. Vamos a ver. Yo cuando hablo de tender la ropa en los tendederos me refiero a terraza-tendedero ya que en mi caso es todo. En ningún momento he hablado de colgar la ropa que cuelgue del techo pq por supuesto que soy consciente de q eso queda horroroso, pero nadie puede prohibirme que ponga un tendedero plegable o cuerdas a la altura de mi barandilla que no se verían desde la calle, o acaso va a ir un helicoptero del Ayuntamiento sobrevolando la zona para ver quien tiene los gayumbos tendidos en la terraza? joer seamos serios.

Respecto a la azotea no es una zona común para uso y disfrute de la misma, ya que para empezar no está acondicionada para que suba y baje gente con el riesgo de precipitarse al vacio por los laterales y de que los cacos campen a sus anchas con tanto trasiego de subir y bajar, y encima ahora la idea de un solarium. Ya puestos podemos montar una discoteca de verano o subir la piscina arriba mejor no?? por favor....

Otra cosa que no entiendo es que hay personas que les parece antiestético colgar ropa en las terrazas-tendederos, joer mas antiestetico queda que entres en el ascensor y te veas a la vecina con el barreño cargado con la colada como en los años 40. Por favor que estamos en el siglo XXI.

Solo expongo mi opinión que creo que mas de uno comparte.

Salu2
 
V
Victoria
14/04/2004 13:43
Hola a todos,

Ademas de lo anteriormente expuestos por todos vosotros, a mi lo que realmente me preocupa, es el que se pueda producir un accidente en la azotea. Ya que se supone que no estan acondicinadas para dicha "actividad". Y entonces ademas de la desgracia personal, la counidad de vecinos tendria un gran problema.

Un saludo,
 
C
cansada
14/04/2004 10:49
Yo diferencio perfectamente, pero las normas son las normas y cada Ayuntamiento tiene las suyas sobre la fachada exterior de las casas, si las terrazas están en esas fachadas, el ayuntamiento regula lo que se puede y lo que no se puede poner. No soy yo quien lo hace, ni tengo intención de hacerlo. Y las zonas comunes las regula la Comunidad de Propietarios.

De todas formas hay una cosa clara, aquí cada uno podemos hacer lo que nos dé la gana, colgar gallumbos en nuestra terraza, poner los aires acondicionados en "nuestra" parte de la fachada, lo que queramos! Pero creo que hay regulaciones, o bien por parte del ayuntamiento, o bien por parte nuestra, de la Comunidad, que deben impedir que vayamos cada uno por nuestro lado. ¿Os gustaría que el vecino de arriba llenara su casa privada de basura hasta que no cupiera más? Al fin y al cabo es una zona privada y ahí no puede regular nadie, porque invadirías una propiedad que no forma parte de la zona común, o prefieres que haya una regulación al respecto? Y no me vengas con que no es lo mismo colgar gallumbos en la terraza que llenar de basura una casa porque hasta ahí llego, vale?

Creo que no habeis entendido muy bien mi mensaje, pero bueno, me da lo mismo. Particularmente a mí no me parece bien tender en la azotea, pero eso no es de lo que yo estaba hablando, ok?


 
A
ana y carlos
14/04/2004 09:07
Las normas que ha mandado el administrador son un borrador a falta de su ratificación en la junta extraordinaria. Esto es, tenemos que leerlo detenidamente, analizarlo y mañana si nos gusta votaremos que si, yo personalmente votaré que no. Existen dos puntos que no me gustan nada, uno relacionado con el tema tratado aqui sobre donde tengo que tender y el otro el "horario de silencio", lamentablemente, para mí, me temo que este reglamento va a salir adelante.

Cansada, quiero puntualizarte una cosa, vamos a diferenciar entre zonas comunes y zonas privadas ; azotea: zona común, terraza: zona privada, ok? si en mi terraza pongo un tendedero bajo que no se ve desde la calle, yo mis gallumbos no los muestro pero dicha norma de régimen interno me lo prohibe, y esa terraza es privada. Con esto no estoy diciendo que lo vaya a hacer, con esto digo que me están invadiendo mi propiedad privada poniendome normas.

Saludos
 
A
aragon
14/04/2004 08:16
No estoy de acuerdo con que se tienda en la azotea. Razones que esa puerta este abierta cada dos por tres pudiendo acceder arriba a quien le de la gana, peligro para los ultimos y aticos que tienen la terraza pegada a la azotea. Creo que ya se ha dicho de sobra que todos tenemos tendederos con lo cual destinemos dicho tendedero a tender si algun piso no tuviera tendedero se estudiaria el asunto, pero como no es el caso...

Ademas creo recordar que en las normas que nos ha enviado el administrador pone que la ropa se tendera en el tendedero no donde nos venga bien a cada uno.

 
M
Miriam1
13/04/2004 22:30
No me puedo creer que discutáis por eso.
Además que no lo entiendo. La verdad Beckham es que lo que dices no es muy razonable: no estás a favor de tender en la azotea (lo cual me parece más que razonable, porque a mi tampoco me parece muy normal), pero en cambio sí ves bien hacerlo en la terraza para que todo Valderribas vea tu ropa interior desde la calle.

Pero es que no tenéis tendedero?
De todos modos, como decía, no merece la pena cabrearse por eso. Ya lo hablaremos el día 15. Sigue adelante lo de la reunión? Alguien sabe la hora.
Gracias

 
C
cansada
13/04/2004 19:19
Pues mira, no se me había ocurrido, pero puede ser una buena propuesta que comentaré en la próxima reunión, desde luego sería un solarium estupendo.

Pero por muy bien que me parezca la propuesta del solarium en la azotea no la usaría como tal a no ser que se aprobara ese uso de nuestro espacio por parte de la Comunidad.

Sobre lo que tú vas a hacer o vas a dejar de hacer no hace falta que comentes nada, ya te vamos conociendo y ya sabemos que hacer, hacer, harás lo que te dé la gana, lo que no quita para que a los que no nos parece bien lo digamos.
 
B
Beckham
13/04/2004 19:10
Se me olvidaba. Si salen goteras por culpa de andar por las azoteas las va a pagar la comunidad??? no creo q a mucha gente le haga gracia eso y con razón, pero lo que está claro es que no las voy a pagar yo.
 
B
Beckham
13/04/2004 19:07
Yo no pensaba utilizar mi terraza para tender ropa, yo pienso utilizar mi terraza para tender ropa, porque siempre y cuando esta no salga al exterior, no hay ninguna ley que lo prohiba. Acaso se me va a prohibir poner un tendedero de esos plegables en mi terraza? ya solo faltaba eso. Entre otras cosas me compre el piso con terraza precisamente para eso. A este paso si me apetece poner unas cortinas fucsias con lunares tambien se me va a prohibir porque no son estéticas??

Entonces por esa regla de 3 del uso de la azotea, ¿podemos subir aparte de con los barreños cargados de ropa en los ascensores con hamacas y ponernos a tomar el sol también en las azoteas? no se me gustaria saberlo.
 
C
cansada
13/04/2004 18:44
La azotea es un espacio de la Comunidad de Propietarios y como tal se tiene que tratar. El hecho de que tú tengas tu casa justo debajo de la azotea no debería alterar en absoluto la decisión sobre el uso de este espacio. En caso de que se provocaran goteras (cosa que dudo) la Comunidad se haría cargo del arreglo de las mismas, con lo cual no veo impedimento a que se destine este espacio común al uso que la Comunidad estime oportuno.

Te voy a poner un ejemplo muy simple, pero ten en cuenta que hay muchos: ¿Te parecería adecuado que los vecinos del primero que viven justo encima de las canchas de baloncesto intentaran impedir el uso de estas canchas porque les molesta el ruido que producen las pelotas al botar? Es un perjuicio claro, ya que se trata de una contaminación acústica, es más, es un perjuicio que no tiene arreglo, como las goteras...

Seamos serios Beckham, para tender la ropa están los tendederos, pero creo recordar que tú particularmente querías destinar la terraza exterior a este uso. Esa práctica no es legal según el Ayuntamiento, pero tú, como tienes terraza y la terraza es tuya, encuentras adecuado no aplicar tu propia frase. Para tender la ropa están los tendederos, para tí también está la terraza, pero para los demás no puede estar la azotea, no vaya a ser que te causen goteras.

Un saludo
 
D
Duende
12/04/2004 18:22
¿A qué hora es la Reunión del jueves 15?
 

Fin del hilo
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