Por cierto, quería hacer una pregunta a ver si alguién me puede contestar:
En varios sitios de este foro hablan sobre el tope para no superar 5,5 veces el S.M.I en el caso de dos personas que es de 44.000 euros. En nuestra cooperativa no nos han pedido lo de la declaración que certifique los requisitos estos. Dicen que estos requisitos los tienes que cumplir en el momento de que se firme el contrato de compra-venta del piso (contrato de adjudicación provisional), que se firma cuando la cooperativa obtiene la Calificación Provisional. Mi pregunta es:
¿Cuándo nos van a llamar para firmar este contrato? Me pareció entender en una reunión que nuestra cooperativa ya tenía dicha calificación desde noviembre del año pasado y por eso se nos aplicaba el módulo antigüo.
En algunos sitios dicen que esto te lo exigen cuando firmas las escrituras pero creo que es con el contrato de adjudicación provisional.
Si alguien sabe algo relacionado con esto que lo comente por el foro. GRACIAS.