Hola a tod@s,
Adjunto la respuesta dada por la oficina de vivienda de la Comunidad de Madrid sobre la consulta que les realicé sobre este asunto:
Estimado/a Sr./Sra.:
En respuesta a su consulta le informamos que el artículo 4 del Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compraventa y arrendamiento de viviendas, establece que:
"Quienes realicen las actividades sujetas a este Real Decreto deberán tener a disposición del público, y en su caso, de las autoridades competentes, la información siguiente:
1. El nombre o razón social, domicilio y, en su caso, los datos de la inscripción en el registro mercantil, del vendedor o arrendador.
2. Plano general del emplazamiento de la vivienda y plano de la vivienda misma, así como descripción y trazado de las redes eléctrica, de agua, gas y calefacción y garantías de las mismas, y de las medidas de seguridad contra incendios con que cuente el inmueble.
3. Descripción de la vivienda con expresión de su superficie útil, y descripción general del edificio en el que se encuentra, de las zonas comunes y de los servicios accesorios.
4. Referencia a los materiales empleados en la construcción de la vivienda, incluidos los aislamientos térmicos y acústicos, y del edificio y zonas comunes y servicios accesorios.
5. Instrucciones sobre el uso y conservación de las instalaciones que exijan algún tipo de actuación o conocimiento especial y sobre evacuación del inmueble en caso de emergencia.
6. Datos identificadores de la inscripción del inmueble en el registro de la propiedad o expresión de no hallarse inscrito en el mismo.
7. Precio total o renta de la vivienda y servicios accesorios y forma de pago."
Por otro lado, el artículo 9 establece que: "A la firma del contrato todo adquirente de vivienda comprendido en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto tiene derecho a recibir a costa del vendedor copia de los documentos a que se refieren los artículos anteriores."
Por tanto, puede remitir al promotor un burofax, con acuse de recibo y certificación de texto, o bien presentar un escrito en registro de dicha EMVS, solicitándole copia de la referida documentación. También puede conseguir los planos de forma indirecta, solicitándolos en el Colegio de Arquitectos y en la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid.
La Sentencia de fecha 18 de marzo de 2002 de la Sala 1ª del Tribunal Supremo, reconoce el derecho del adquirente a recibir los proyectos básicos y de ejecución de la obra e impone el deber de la entrega de la documentación completa suscrita por el vendedor (el promotor, en su caso), definidora, en planta a escala, del piso enajenado y el trazado de todas sus instalaciones, así como los materiales empleados en la construcción, con especial referencia de aquellos a que el usuario no tenga acceso directo.
En caso de negarse el promotor a facilitarle dicha información, podrá reclamarlo judicialmente.
Si desea otro tipo de información, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de los canales de atención disponibles:
· Telefónico: 012 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados, de 10h. a 13h.)
· Fax: 91.728.52.99 (24 horas)
· E-mail: oficinavivienda@madrid.org
· Correo postal: Avda. de Asturias, nº 28, (28029 - Madrid)
· Presencial:en Madrid: Avda. de Asturias, nº 28 (lunes a viernes, de 09h. a 20h., y sábados de 09h. a 13h.) (Asesoramiento administrativo: lunes a viernes, de 09h. a 14h.).
Le agradecemos su consulta.
Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid
http://www.madrid.org/vivienda