Hola a todos, Sobre consulta realizada telefónicamente a la Consejería de Vivienda, sobre si las ayudas van ligadas a la obligación de subrogarse en el prestamo de la promotora. Me informaron lo siguiente:
Si las ayudas se solicitaron con el contrato de compraventa, si es obligatorio subrogarse en el prestamo de la promotora.
En caso de formalizar hipoteca con otra entidad bancaria distinta de la del promotor, sí ha y derecho tambien a las ayudas, pero en este caso hay que solicitarlas con la escritura de compraventa y no con el contrato como lo hicimos todos o casi todos.
Así que estamos pillados. Saludos.