Cómo elegir a un buen gestor de la comunidad
Conoce los 'poderes' de un buen administrador
Raquel Alcolea Díaz
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15 de julio de 2009.
Profesional, responsable, accesible y con interés por las nuevas tecnologías y por las subvenciones públicas... ¡Casi un héroe!
Conoce los 'poderes' de un buen administrador
La lista de cualidades para ser un buen administrador de fincas puede ser interminable, tanto como las cualidades de un héroe. Ilustración: Eva Prada.
La lista de requisitos para ser un buen administrador puede ser interminable. No en vano, la comunidad de propietarios puede fijar en el contrato todo tipo de funciones, además de las que ya exige la Ley.
"Su labor como gestor, gerente, asesor, mediador, secretario, contable y representante inmobiliario mejora la calidad de vida de los vecinos y los inquilinos del edificio", explican en el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid. Por eso es tan importante elegir bien a un profesional. Las diferencias entre los que viven bajo el paraguas de un buen gestor y los que están amparados por otro menos eficiente pueden ser abismales.
NEGOCIADOR Y MEDIADOR
Trasparencia y profesionalidad son necesarias para la adecuada gestión y administración de un inmueble dividido en régimen de propiedad horizontal, explican en Legálitas.
Debe mediar para resolver los problemas de la comunidad y no sólo dedicarse a pasar recibos de los gastos (luz, agua, derramas...), según Mª Ángeles Rodríguez, directora general de DeLey.
Cerciórate de que cumple los requisitos que exige la Ley y que está colegiado, aconsejan desde el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid.
VELARÁ POR TUS INTERESES
Para evitar problemas, hay que informarse bien de las funciones del administrador. El artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) fija que velarán por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios y someter a la Junta el plan de gastos, con los medios para hacerles frente, recuerdan en el Consejo Gral. de Colegios de Administradores de Fincas.
Atenderán también a la conservación del inmueble, disponiendo las reparaciones urgentes, dando cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios, y ejecutarán los acuerdos y los pagos en materia de obras.
EXIGE TRANSPARENCIA
Malas prácticas. Es aconsejable cambiar de administrador, según recomiendan en DeLey, en los siguients casos: si las cuentas de la comunidad no están claras o se hace una gestión inadecuada de los fondos, si el administrador intenta mediar en un asunto y toma partido o favorece a alguna de las partes, si los problemas de la comunidad no se resuelven en un plazo prudencial (a pesar de habérselos comunicado debidamente), o si el administrador manifiesta una desidia evidente en el desempeño de sus funciones.
Sólo los propietarios acuerdan el cese, que debe justificarse. Se debe reunir la Junta de Propietarios y acordar el cese haciéndolo constar en el acta y explicando sus causas (art. 13 de la LPH), dicen en el Consejo Gral. de Administradores de Fincas.
Responderá por sus actos. "El administrador es responsable en el ejercicio de sus funciones, de modo que cualquier irregularidad en la gestión es directamente reclamable por los propietarios", afirman en Legálitas.
Debes facilitar su labor y respetar sus derechos. El administrador accederá a toda la documentación de la comunidad (cuentas, estatutos, libros de actas...), podrá dimitir o pedir su relevo antes de que expire el plazo de un año y percibirá sus honorarios conforme a lo pactado, según recuerdan en DeLey.
http://www.que.es/pisos/reportajes/200907152144-conoce-poderes-buen-administrador.html