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carolkrad
carolkrad
15/12/2009 23:01

Facturas ENDESA GAS - Canon

¿Qué es el Canon IRC que cobra Endesa y cómo reclamarlo?

7.020 lecturas | 8 respuestas
Hola!
Alguien sabe que es lo que esta pasando con el concepto ese que nos cobra ahora Endesa de "Canon IRC"??

Yo segui una recomendacion que lei en este foro de reclamarlo y ahora me vienen 3 facturas rectificadas, cobrando lo de los 3 ultimos años.. xk dicen k pagan el 50% ellos y el 50% la comunidad del bloque! y consecuentemente nosotros en nuestras facturas!!

Alguien me puede ayudar con esto?
Se lo remito al administrador?
Le esta pasando a alguien mas?

Saludos.
 
Surdaci
Surdaci
18/12/2009 21:16

http://www.ideal.es/granada/20071107/granada/natural-debera-abonar-dinero-20071107.html

http://www.consumo.ayuncordoba.es/gas/inicio/respuestas.html

 
Surdaci
Surdaci
18/12/2009 21:06
Repercusión canon IRC distribuidora

La Sala 1ª de lo Civil del Tribunal Supremo, mediante auto de 25 de septiembre de 2007, ha declarado firme la Sentencia dictada con fecha 25 de febrero de 2004, por la Audiencia Provincial de Córdoba y, por ende, la confirmada por ella, ésto es, la pronunciada anteriormente por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Córdoba.

La Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Córdoba, declaró nulas, por abusivas, las referidas cláusulas, condenando a la empresa a eliminarlas de sus contratos, así como a reintegrar a los usuarios las cantidades que en su aplicación han sido indebidamente cobradas.

De este modo, la empresa Gas Natural Andalucía S.A. ha de cumplir las siguientes obligaciones:

PRIMERO: Reintegrar a los usuarios las cantidades que indebidamente fueron cobradas por el concepto "Derechos de Alta", con motivo de los contratos suscritos con anterioridad al 20 de julio de 2004, en que se produjo la entrada en vigor del Decreto 441/2004 de 29 de junio de Andalucía, que reguló (autorizó) el cobro del derecho de alta a los consumidores en esta Comunidad Autónoma.

SEGUNDO: Reintegrar a los usuarios las cantidades que indebidamente también fueron cobradas a los consumidores por el concepto de "Contraprestación por el uso y utilización de las instalaciones receptoras comunes de gas del edificio" (Cuota uso instalación comunitaria o IRC), con motivo de contratos suscritos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1942/2005, de 29 de julio (BOE 3/08/05), por el que se reguló la actividad de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de Gas Natural.

Asimismo se considera que Gas Natural Andalucía ha de proceder a la devolución de Cuota uso instalación comunitaria o IRC (Instalaciones Receptoras Comunes) en aquellos casos en que, tras la entrada en vigor del RD 1942/2005, su cobro no haya sido pactado expresamente en un contrato privado que sustituya a la cláusula declarada nula por la sentencia, tal y como prevé el artículo 30 bis del referido Real Decreto.

TERCERO: Publicar a su costa la sentencia en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a fin de que los interesados puedan tener conocimiento del fallo dictado y solicitar del juzgado que se les tenga como beneficiarios de la condena.

Al tratarse de una ACCIÓN COLECTIVA, pueden beneficiarse de la misma todos los usuarios que hayan suscrito en la Comunidad Autónoma de Andalucía contratos con Gas Natural Andalucía S.A. en los que se haya incluido las cláusulas declaradas nulas.
 
Surdaci
Surdaci
18/12/2009 21:01
La duración del contrato la propone la comercializadora, pero tendrá como mínimo un año. La comercializadora puede añadir cláusulas que penalizan al cliente si da por finalizado el contrato antes de que expire. En cuanto a la calidad del suministro, seguirá dependiendo de la distribuidora que lleva la energía hasta el hogar del usuario, la misma que antes. Si el usuario quedara insatisfecho con el mercado libre, puede volver al regulado.

Lectura de contadores: la mayoría siguen siendo propiedad de los distribuidores (que cobran su alquiler) y es a éstos a quienes corresponde la lectura de los contadores y pasar el dato a las comercializadoras, que reflejarán ese consumo en la factura que llega al usuario. Lo que cambia es que el usuario paga a la comercializadora y que ésta se encarga de atenderle en lo relativo al suministro. En realidad, la comercializadora actúa como intermediario ante el distribuidor.

Cuando, pensando en pasarse al mercado liberalizado, el usuario compara precios de diversas comercializadoras, debe tener en cuenta si el distribuidor que le ha venido prestando el servicio en el mercado regulado le cobra las revisiones obligatorias de las instalaciones de gas. Porque hay algunos que no lo hacen y a la hora de sacar las cuentas, las ventajas económicas que podría entrañar el cambio se verían muy reducidas, cuando no anuladas. Unión Fenosa, por ejemplo, cobra 43 euros por la revisión, lo que supone 10,75 euros al año. Para un usuario que no paga hoy las revisiones, contratar la energía con esta empresa (que ofrece los mejores precios en el supuesto de consumo planteado por esta revista) supondría un ahorro de 15,6 euros anuales y no los 26 euros iniciales. Con Endesa Energía, que exige 23,5 euros por la revisión (5,87 euros al año), el ahorro anual quedaría en 13,7 euros si se contrata conjuntamente electricidad y gas (frente a los 19,6 euros iniciales) y en 10,47 euros si contrata sólo gas (frente a los 16,34 euros iniciales). Con Iberdrola, que cobra 29 euros por la revisión, el ahorro anual para quien no paga las revisiones en el mercado regulado se quedaría en 2 euros.

Por último, con Gas Natural, que cobra 35 euros por la revisión, el ahorro sería de poco más de 10 euros por año contratando conjuntamente electricidad y gas, y no hay ahorro si sólo se contrata el gas. Pero si se computan los casi 9 euros al año que salen en concepto de revisión, este ahorro quedaría en prácticamente nada.

Suspenso en información

Los técnicos actuando como si fueran clientes, solicitaron información sobre este nuevo mercado liberalizado en los servicios telefónicos de atención al cliente de las principales comercializadoras y distribuidoras de gas y electricidad, y la conclusión de estas gestiones ha sido solo una: poco rigor en las distribuidoras "de toda la vida" y escasa claridad en las ofertas de las comercializadoras. El sondeo ha revelado también que las distribuidoras (que siguen siendo las de siempre) favorecen sistemáticamente a las comercializadoras de su grupo empresarial, poniendo en contacto con ellas a los usuarios que demandan información. Y también se ha comprobado que algunas comercializadoras recomiendan a los usuarios que no accedan al mercado libre y se mantengan con su proveedor actual porque "no merece la pena cambiar", con argumentos vagos y sin datos o, directamente, descalificando las ofertas de las comercializadoras de la competencia.

Además, quienes atienden esos teléfonos de atención al cliente no informan espontáneamente a los usuarios de aspectos esenciales de las ofertas ni de las condiciones del contrato. En los descuentos que se aplican en función del consumo de energía (gas o electricidad) no se explican los tramos en que cambia ese descuento.
Y si el usuario, cosa muy común, no sabe qué preguntar, se quedará sin conocer informaciones importantes: no hay una comunicación estandarizada que explique las cuestiones más interesantes, como la parte de la factura sobre la que se efectúa el descuento (sólo en la variable y nunca en la fija, establecida por el Gobierno) muy relevantes, aspectos del contrato: duración, cláusulas de rescisión, duración de las ofertas, coste de las revisiones o atención en caso de incidencias urgentes.

Pero no todo se limita a la carencia de información: las comercializadoras ofrecen, mediante estos teléfonos de atención al cliente, datos erróneos sobre la gratuidad de las revisiones obligatorias (Iberdrola y Endesa), sobre las penalizaciones que se aplican si el usuario rescinde el contrato antes de lo previsto (Unión Fenosa) o sobre la imposibilidad de contratar gas y electricidad de forma separada (Iberdrola y Gas Natural).

Cualquier cliente, y en cualquier parte del país, puede consultar en www.cne.es las propuestas de cada empresa. En el registro oficial se cuentan unas 60 comercializadoras de electricidad y unas 30 de gas, pero en la lista de las 14 que colaboran con la CNE y difunden sus ofertas en Internet predominan las tradicionales grandes empresas del sector, conocidas desde hace años por los usuarios: Endesa, Gas Natural, Hidrocantábrico, Iberdrola, Naturgas, Unión FENOSA y Viesgo.

 
I
isale
18/12/2009 19:36
Hola, necesito ponerme en contacto con Endesa porque desde hace un tiempo no me llegan las facturas pero no tengo el telefono, me lo podriais facilitar? Gracias
 
B
BTCVAL
16/12/2009 12:05
yo llame al tlf que viene en la factura primero me pidio el nombre y me dejaron 30min en espera....colge volvi a llamar y m dijeron lo d gas natural y ya moskeada por la atencion que dan llame a reclamaciones y puse la reclamacion para el canon y la atencion y me han devuelto exactamente 20.02€ por dos facturas que me lo cobraron que era 8 y pico mas iva
 
Surdaci
Surdaci
16/12/2009 11:20

Deberían ser ellos los que leyeran los contadores y cobrar por la lectura real de los mismos, nada de facturas estimatívas ni lecturas por los usuarios y paganos.

Creo que lo que se debería hacer era ponerse en contacto con cualquiera de las asociaciones de consumidores que hay asi como con el Ayuntamiento, con la Concejalía de Consumo, para ademas de que nos informen, poner una reclamación o denuncia si fuera necesario.
 
B
BTCVAL
16/12/2009 09:32
Yo lo reclame pq me lo habian cobrado en 2 facturas . primero no me sabian decir la de facturacion que era me dijo que tenia q llamar a gas natural que es el que suministra y volvi a llamar para hablar con reclamaciones para poner la reclamacion le chica que me atendio me dijo que se paga una vez al año , pero yo puse la reclamacion pq ya iban 2 veces y en 5 dias me han devuelto el dinero de los dos cargos.
 
alessan_
alessan_
15/12/2009 23:27
no me he enterado de nada...
 

Fin del hilo
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