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charly904
charly904
19/02/2013 08:09

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por la prestaci

¿Cuáles son las tarifas de la tasa por tratamiento y depuración de aguas residuales en Seseña?

829 lecturas | 3 respuestas

 

http://bop.diputoledo.es/webEbop/ebopResumen.jsp?publication_date=19/02/2013&publication_date_to=19/02/2013

• Número de inserción : 1381 Ver anuncio Tipo de anuncio : Información
• Resumen/Asunto : Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal de la Tasa por la prestación del servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales.

 


AYUNTAMIENTOS
SESEÑA

 

El pleno del Ayuntamiento de Seseña, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de enero de 2013, acordó la aprobación definitiva, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, de la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa de cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2 de 2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por prestación del servicio de tratamiento y depuración
de aguas residuales.
Artículo 7. Cuota tributaria.
La cantidad a exigir y liquidar por esta tasa se obtendrá por aplicación de las siguientes tarifas:
La cuota tributaria correspondiente a la prestación del servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales, se fija atendiendo a la cantidad de agua utilizada, medida en servicios.
Cuota de servicio por vivienda o local no destinadas a actividades industriales, se establece una cuota fija de 3,00 euros por vivienda o local al trimestre, y otra cuota variable en virtud del consumo de agua:
De 1 a 10 metros cúbicos: 0,15 euros/metro cúbico.
De 11 a 60 metros cúbicos: 0,33 euros/metro cúbico.
Más 61 metros cúbicos: 0,45 euros/metro cúbico.
Cuota de servicio mínimo por fincas y locales destinadas a actividades industriales, se
establece una cuota fija de 5,00 euros por local al trimestre, y otra cuota variable en función del consumo de agua.
De 1 a 150 metros cúbicos: 0,40 euros/metro cúbico.
Más de 151 metros cúbicos: 0,70 euros/metro cúbico.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2 de 2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el
«Boletín Oficial» de la provincia de Toledo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Seseña 5 de febrero de 2013.-El Alcalde, Carlos Velázquez Romo.
N.º I.- 1381
 

 
C
chosweet
19/02/2013 12:40

J%D&R.....Lo de la retroactividad imagino que dependera si se han aprobado subidas retroactivas de sueldos municipales ¿no? porque si no como se explica un intento de subida de un 100% en una tasa de agua, ¿antes laslabores de depuracion las hacia una ONG que no cobraba por ello o que? Hombre, una subida acorde al IPC, se puede entender como ajustada a las circustancias pero del 100% huele muy mal. Y que ademas regateando se quede en subida del 50% porque se ha impugnado ya genera un pestazo...o se necesita la pasta y no hay regateo que valga o no se necesita la pasta y entonces el exceso de tasa cobrado es pura especulacion.

 
1
13rosas
19/02/2013 11:43

El proceso es un poco lioso, pero al final el resultado es simple: A la factura del agua tenemos que sumarle un 50 % de subida, que es la tasa de depuración.

Cuando aprobaron la tasa inicial que era una subida del 100 % las quejas de los vecinos y de los partidos de la oposición forzaron a que se retirara.

Como querían cobrar una tasa sí o sí, aprobaron que la subida fuera del 50 %.

El recurso presentado por los partidos de la oposición y las asociaciones de vecinos ha frenado que se pudiera cobrar hasta ahora, pero ya la han conseguido aprobar definitivamente.

Atentos al próximo recibo, nos cargarán la subida. Y cuidado, pueden cobrarnos la tasa correspondiente a los dos trimestres anteriores con carácter retroactivo. Espero que no se le ocurra hacer encima eso al Sr. Alcalde

 
C
chosweet
19/02/2013 10:43

charly (o alguien que conozca el tema),

Gracias por postear la informacion, me parece muy util.

Te importa comentar si esto es un recule de la subida de la tasa o es la confirmacion de la subida? Yo ya no se en que se llegan con el tira y afloja, pues todavia no he pagado facturas de agua, pero he ido leyendo que se subio la tasa, luego se impugno, luego que algunos vecinos les habian devuelto pasta de facturas anteriores,....resumiendo que o me he hecho yo un lio o no hay ni arboles ni bosque, solo un espejismo.

Grcs

 

Fin del hilo
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