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charly904
charly904
19/07/2013 07:14

Limpiando parcelas dotacionales de El Quiñón

¿Cómo podemos evitar que los dueños de perros ensucien las parcelas dotacionales recién limpiadas?

3.709 lecturas | 31 respuestas

Buenos días vecinos, escribo este post para comunicar que están empezando a limpiar las parcelas dotacionales del Ayuntamiento con palas quitando todas las hierbas y las cacas de perros. Han empezado por las parcelas del mercadillo y la parcela pegada al lineal 46. Empezaron ayer por la mañana y por la tarde cual es mi sorpresa que estando limpia la parcela van algunos dueños con sus mascotas y dejan que hagan sus necesidades en las parcelas ya limpias y no las recogen.
Luego decimos que todos recogen las cacas de sus perros, pues ayer cagaban sus perritos y no cogían las cacas.
Por favor recoger las cacas de vuestros perros que encima que lo están limpiando vais y la ensuciáis otra vez. Lástima multa los pongan a quien pille para que aprendan un poco de civismo.

Un poco de civismo para esos dueños que no recogen las cacas, porque con el calor que hace sube el olor a los pisos pegados a esas parcelas.

 
J
josejavier159
31/07/2013 13:14

Me parece que el ayuntamiento tiene tres máquinas de esas que barren las calles que estan aparcadas y no las sacan, ya nos irían bien par aquí

 
P
pocerillo
30/07/2013 21:06

Buenas, pues si, una buena solución para calles y aceras sería una máquina de estas que hay en los centros comerciales y en muchos sitios que van aspirando y mojando el suelo...

 

Con una máquina y un operario que esté solamente a eso se limpia cada dia todo el residencial...no creo que sea tanta inversión. Sobre todo por las aceras qeu algunas están bastante asquerosas.

 
soniar
soniar
30/07/2013 20:45

Ahí te doy la razón, hace falta maquinaria de limpieza por el barrio, que hay en todos sitios menos aquí, y mejor coordinación del equipo de limpieza que hay, además de su ampliación.

 
G
gljaa
30/07/2013 20:18

soniar dijo:

Si se multara mas a particulares y no particulares otro gallo cantaría.

 

 

En las multas estoy de acuerdo contigo, en lo del descampado no, en cuyo casa que metan maquinas, pero no a una pobre mujer que se va a tirar una semana para recoger las mierdas y jamas va a poder terminar dado que los cerdos segurian sin recoger.

 
soniar
soniar
30/07/2013 19:57

Si se multara mas a particulares y no particulares otro gallo cantaría.

 
soniar
soniar
30/07/2013 19:55

Pues si el descampado es del ayuntamiento perdona que te diga pero sí es su obligación mantenerlo limpio, y si es de otro propietario es obligación del ayuntamiento obligar a que lo esté y si no multazo al canto.

 
G
gljaa
30/07/2013 19:48

Pueden quitar una, dos o tres....pero no pasarse el dia recogiendo excrementos...o pretendes que los barrenderos se metan en los descampados  a recoger las cacas....¿? y mira que soy de los que opino, que aqui los barrenderos dejan mucho que desear, bien por los medios que les dan o bien porque el ritmo que llevan no es que sea la leche....pero no veo justo que ellos tenga que andar por ahi recogiendo heces de perros. 

 
soniar
soniar
30/07/2013 19:20

Gljaa entonces por esa regla de tres tampoco es obligación suya quitar los envoltorios y demás papeles que tiran al suelo, los chicles que se pegan y ennegrecen el suelo, los cristales de las botellas que estrellan o las latas, los restos de aceite de los coches, etc etc de los cerdos incívicos? Está claro que cada uno tiene que recoger su mierda o lo que es mejor, no tirarla, pero cuando no es así para eso están los barrenderos y demás personal de limpieza, si no explícame cual es su cometido, porque a lo mejor el personal de limpieza no está para limpiar y yo no me he enterado.

 
G
gljaa
30/07/2013 18:46

Es que no se si es su obligacion limpiar la caca del perro de un dueño cerdo e incivico....

 
M
miguel25vk
29/07/2013 18:36

hay muchas mierdas de perro en las calles y los barrenderos no las quitan

 
carlosogigevi
carlosogigevi
23/07/2013 16:41

Hombre Almaky si el perro no da problemas a tus vecinos en tu ausencia no creo que nadie pensara en denunciarte a ti ni a nadie en la.misma situación.

Pero tenemos que denunciar y hacer pagar a los que si ocasionan perjuicios a los vecinos.

 
almaky
almaky
23/07/2013 15:36

charly904 dijo:

5. Se prohibe la permanencia continuada de animales en terrazas o patios, debiendo pasar en cualquier caso la noche en el interior de la vivienda, aplicación directa del artículo 34.1 y 34.2 de O.
M. de Seseña referente a Protección Acústica, (la prohibición de estancia en exteriores queda enmarcada desde las 22:00 h. a 7:00 h.).
6. Se prohibe la permanencia continuada de los perros y otros animales en la terraza de los pisos, debiendo pasar la noche en el interior de la vivienda; asimismo se prohibe la estancia continuada en horario de (22:00 h. a 7,00 horas) en parcelas de viviendas unifamiliares cuando
probadamente esto suponga molestias para los vecinos, debiendo introducirlo en el interior de la vivienda o en recinto cerrado con la debida insonorización.

 

 

 

Dicho esto, no podrá haber ningún perro en la terraza o en el patio interior desde las 22H a las 7H,  si ocurre a llamar a la policia

Los teléfonos de la Policía local son:

Policía Local
TELÉFONOS: 092 / 91 809 80 92
MÓVIL 660 42 07 09
 

 

 

Dice que queda prohibido cuando probadamente esto suponga molestias para los vecinos, mi perra se queda en la terraza cuando yo estoy trabajando (y salgo antes de las 7) pero no molesta a nadie, por ponerte un ejemplo.

 

Muchas veces pagamos justos por pecadores, y es verdad que hay muchos perros que lloran y ladran cuando estan solos, y en estos casos creo que ya no solo deberia prohibirse en ese horario, sino en todos.

 
charly904
charly904
23/07/2013 13:39

5. Se prohibe la permanencia continuada de animales en terrazas o patios, debiendo pasar en cualquier caso la noche en el interior de la vivienda, aplicación directa del artículo 34.1 y 34.2 de O.
M. de Seseña referente a Protección Acústica, (la prohibición de estancia en exteriores queda enmarcada desde las 22:00 h. a 7:00 h.).
6. Se prohibe la permanencia continuada de los perros y otros animales en la terraza de los pisos, debiendo pasar la noche en el interior de la vivienda; asimismo se prohibe la estancia continuada en horario de (22:00 h. a 7,00 horas) en parcelas de viviendas unifamiliares cuando
probadamente esto suponga molestias para los vecinos, debiendo introducirlo en el interior de la vivienda o en recinto cerrado con la debida insonorización.

 

 

Dicho esto, no podrá haber ningún perro en la terraza o en el patio interior desde las 22H a las 7H,  si ocurre a llamar a la policia

Los teléfonos de la Policía local son:

Policía Local
TELÉFONOS: 092 / 91 809 80 92
MÓVIL 660 42 07 09
 

 
charly904
charly904
23/07/2013 13:35

ORDENANZA REGULADORA DE LA TENENCIA, CONTROL Y PROTECCION DE ANIMALES DOMESTICOS (SESEÑA).

http://www.ayto-sesena.org/ordenanzas/ORDENANZA%20ANIMALES.pdf

Artículo 6.–Documentación.
1. El propietario o tenedor de un animalha de poner a disposición de la autoridad competente, en el momento en el que le sea requerida , aquella docum entación que resulte obligatoria en cada caso.
2. De no presentarla en el momento del requerimiento, dispondrá de un plazo de diez días naturales para aportarla en la dependencia municipal que corresponda. Transcurrido dicho plazo se considerará que el animal carece de documentación a todos los efectos.
3. En caso de robo o extravío de la documentación obligatoria de un animal, el propietario o tenedor habrá de proceder a la solicitud del correspondiente duplicado en el plazo de tres días hábiles desde su desaparición.

Artículo 7.–Responsabilidades
.
1. El propietario o tenedor de un animal será responsable de los daños, perjuicios y molestias que ocasione a las personas, bienes y al medio en general.
2. Todos los propietarios de perros que dan obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra las indemnizaciones por los posibles daños que pueda ocasionar a las personas
o bienes (por la cuantía que reglamentariamente se determine), en el plazo de un mes de sde la identificación del mismo. La formalización de este seguro será previa a la obtención de la preceptiva licencia municipal cuando se trate de animales que sean calificados como potencialmente peligrosos y en este caso la cobertura no será inferior a 120.000,00 euros.
3. Serán responsables por la comisión de hechos constitutivos de infracción a la presente Ordenanza, los titulares, propietarios o tenedores de animales de compañía, así como aquellas personas que, a cualquier título, se ocupen habitualmente de su cuidado, alimentación y/o custodia, si dichos animales no estuvieran identificados.

Artículo 9.–Identificación de los animales de compañía.

1. El propietario de un perro, está obligado a instar su marcaje y solicitar que sea
inscrito en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de la Comunidad
de Castilla-La Mancha, así como en el censo municipal, en el plazo de tres meses
desde su nacimiento, o de un mes desde su adquisición, así como a estar en posesión de la documentación acreditativa correspondiente. La inscripción en el censo municipal debe recoger al menos los siguientes datos:
–Especie animal.
–Raza.
–Sexo.
–Edad.
–Código de identificación.
–Número de certificado de sanidad animal.
–Utilización.
–Características morfológicas.
–Domicilio de tenencia habitual.
–Datos identificativos del propietario.
–Datos sobre seguro de responsabilidad civil suscrito.
–Referencia a la inclusión o no de dicho animal en la categoría e animal potencialmente peligroso.
2. En el caso de animales ya identificados
los cambios de titularidad, la baja por muerte y los cambios de domicilio o número telefónico, o cualquier otra modificación de los datos registrales habrán de ser comunicados al Registro de
Identificación de Animales de Compañía y al censo municipal en el plazo máximo de un mes.
3. La sustracción o desaparición de un perro
identificado habrá de ser comunicada al Registro de Identificación de Animales de Compañía en el plazo máximo de diez días naturales. La falta de comunicación en dicho plazo será considerada abandono, salvo prueba en contrario.
4. Los animales carentes de identificación y trasladados al Centro de Control Zoosanitario, o en su defecto a una Asociación de Protección y Defensa deAnimales, por cualquier motivo, serán identificados, y vacunados contra la rabia si procede, con carácter previo a su devolución. (15 B.O.P Toledo 3 de marzo de 2006 Número 51).

Artículo 11.–Uso de correa y bozal.
1. En los espacios públicos o en los privados de uso común, los animales de compañía habrán de circular acompañados y conducidos mediante cadena o cordón resistente que permita su control. En lo referente a razas potencialmente peligrosas quedará preceptivamente enmarcado en el art. 6-b de la O.M. de Seseña referente a Animales Potencialmente Peligrosos.
2. Los animales irán provistos de bozal cuando sus antecedentes, temperamento o naturaleza y características así lo aconsejen, y siempre bajo la responsabilidad de su dueño o cuidador. El uso del bozal, tanto con carácter individual como general, podrá ser ordenado por la autoridad municipal cuando las circunstancias sanitarias o de otra índole así lo aconsejen, y mientras estas duren.

Artículo 12.–Normas de convivencia.


1. Los perros podrán permanecer sueltos en las zonas especialmente acotadas por el Ayuntamiento para este fin.
Quedando prohibido el uso de los parques y jardines que carezcan de dichas zonas, quedando totalmente excluida la presencia de animales en las zonas de recreo infantil y otras áreas en las que figure expresamente la prohibición de su acceso. Quedando exceptuados los animales calificados como potencialmente peligrosos, en lo referente a permanecer sueltos por zonas públicas o destinadas al efecto.
En parques públicos urbanos los perros considerados potencialmente peligrosos irán sujetos por
medio de cordón no extensible, collar resistente, tendrán prohibida la entrada en zonas de juegos
infantiles y únicamente podrán circular sueltos si hubiera zonas habilitadas al efecto y con bozal.
2. Los propietarios o tenedores de animales no incitarán a estos a atacarse entre sí, a lanzarse contra personas o bienes quedando prohibido hacer cualquier ostentación de agresividad de los
mismos.
3. Se prohibe el baño de animales en fuentes ornamentales, estanques o similares,así como que estos beban directamente de las fuentes de agua potable para consumo público.
4. Por razones de salud pública y protección al medio ambiente urbano, se prohibe el suministro de alimentos a animales vagabundos o abandonados, así como a cualquier otro cuando de ello puedan derivarse molestias, daños o focos de insalubridad.

Los propietarios de inmuebles y solares adoptarán las medidas oportunas al efecto de impedir la proliferación en ellos de especies animales asilvestradas o susceptibles de transformarse en tales, siempre que estas medidas no supongan sufrimientos o malos tratos para los animales implicados.
5. Se prohibe la permanencia continuada de animales en terrazas o patios, debiendo pasar en cualquier caso la noche en el interior de la vivienda, aplicación directa del artículo 34.1 y 34.2 de O.
M. de Seseña referente a Protección Acústica, (la prohibición de estancia en exteriores que
da enmarcada desde las 22:00 h. a 7:00 h.).
6. Se prohibe la permanencia continuada de los perros y otros animales en la terraza de los pisos, debiendo pasar la noche en el interior de la vivienda; asimismo se prohibe la estancia continua
da en horario de (22:00 h. a 7,00 horas) en parcelas de viviendas unifamiliares cuando
probadamente esto suponga molestias para los vecinos, debiendo introducirlo en el interior de la vivienda o en recinto cerrado con la debida insonorización.

7. El transporte de animales en cualquier vehículo se efectuará de forma que no pueda ser perturbada la acción del conductor, se comprometa la seguridad del tráfico o les suponga condiciones inadecuadas desde el punto de vista etológico o fisiológico. En cualquier caso, queda prohibida la permanencia continuada de animales en el interior de vehículos.
8. En solares, jardines y otros recintos cerrados en los que haya perros sueltos, deberá advertirse en lugar visible esta circunstancia.

Artículo 13.–Deyecciones en espacios públicos y privados de uso común.

1. Las personas que conduzcan perros y otro s animales deberán impedir que estos depositen sus deyecciones en las aceras, paseos, jardines y, en general, en cualquier lugar destinado al tránsito de peatones quedando terminantemente prohibido el depósito de las mismas en zonas de juegos infantiles.
2. Siempre que las deyecciones queden depositadas en cualquier espacio, tanto público como
privado de uso común, la persona que conduzca al animal, está obligada a proceder a su limpieza
inmediata. Del incumplimiento serán responsables las personas que conduzcan animales y subsidiariamente los propietarios de los mismos

 
carlosogigevi
carlosogigevi
23/07/2013 12:56

Yo creo que mediante la Asociación de Vecinos (que hay gente que entra en los foros) se podría informar a los vecinos de como presionar al Ayuntamiento para que estuviera mas encima de esto.

Que informara y concienciara a todos los vecinos mediante papeles.o notas informativas ( ya que no todos entran en los foros) que debemos denunciar todos los actos incivicos, que es la única manera de que esten la policia en el Residencial e intentar corregir esto.

Hay que denunciar y que multen y una vez multado informar a los vecinos que se multó y que los próximos se lo piensen.

O luchamos juntos para dar la vuelta a esto o el Residencial se convertirá en un sitio donde no se podrá vivir normalmente y personalmente no quiero eso para mi familia, no se vosotros.

 
carlosogigevi
carlosogigevi
23/07/2013 12:49

Yo creo que mediante la Asociación de Vecinos (que hay gente que entra en los foros) se podría informar a los vecinos de como presionar al Ayuntamiento para que estuviera mas encima de esto.

Que informara y concienciara a todos los vecinos mediante papeles.o notas informativas ( ya que no todos entran en los foros) que debemos denunciar todos los actos incivicos, que es la única manera de que esten la policia en el Residencial e intentar corregir esto.

Hay que denunciar y que multen y una vez multado informar a los vecinos que se multó y que los próximos se lo piensen.

O luchamos juntos para dar la vuelta a esto o el Residencial se convertirá en un sitio donde no se podrá vivir normalmente y personalmente no quiero eso para mi familia, no se vosotros.

 
charly904
charly904
23/07/2013 12:41

Artículo 6.-Prohibiciones particulares.
Quedan prohibidas las siguientes actividades realizadas sin autorización expresa del Ayuntamiento:
-El tratamiento o eliminación de residuos.
-El depósito o vertido de residuos en terrenos de cualquier clase.
-Entregar residuos a terceros no autorizados.
-Verter residuos sólidos, pastosos o líquido al alcantarillado.
-La manipulación de basuras en la vía pública.
-Retirar o apropiarse de residuos depositados en contenedores.
-Arrojar a la vía publica cualquier tipo de basura, incluso elementos publicitarios como hojas, panfle
tos, etc.


Artículo 14.-Prohibiciones.
1. Queda prohibido depositar basuras en cubos o conten
edores los días en que por cualquier motivo no exista servicio de recogida de basuras o fuera del horario establecido.
2. Queda prohibido utilizar recipientes de residuos distintos a los autorizados
3. Queda prohibido depositar basuras fuera de los cubo s o contenedores y a granel o en cajas.

Artículo 19.-Prohibiciones.
1. Se prohíbe depositar en la vía pública y en lugares no permitidos cualquier tipo de escombro o desecho de cualquier clase de obra.
2. Almacenar en la vía pública, fuera de los límites de la valla protectora de la obra cualquier tipo de material de construcción.
3. La utilización sin autorización expresa del Ayuntamiento de tierras y escombros para relleno, equilibrado o nivelado de terrenos o cualquier otra aplicación.
4. Depositar o almacenar todo tipo de escombros y tierras en solares, fincas, terrenos, márgenes de ríos, lagunas, arroyos o vías pecuarias.
5. El que fuera sorprendido vertiendo tierras y RCD en lugares no autorizados será obligado a recargar el producto vertido y transportarlo a un vertedero autorizado, con independencia de la incoación del expediente sancionador correspondiente

Artículo 31.-Terrazas y quioscos.
Los titulares de concesiones para uso privativo de espacios en la vía pública tales como mercadillos, quioscos, terrazas, bares y establecimientos de cualquier tipo están obligados a mantenerlos en perfecto estado de limpieza, corriendo de su cargo la colocación de papeleras y
la retirada de residuos que se depositen como consecuencia de la utilización por el público del servicio que prestan.

Artículo 32.-Prohibiciones particulares.
1. Queda prohibido realizar cualquier operación o actividad que pueda ensuciar la vía pública y en especial:
a)Arrojar cualquier tipo de residuos (papeles, cáscaras, colillas, desperdicios, etc.), los cuales deber án ser depositados en todo caso en papeleras o recipientes
destinados a tal fin.
b) Realizar pintadas o graffitis en el mobiliario urbano y en el inmobiliario público o privado.
c) Sacudir prendas y alfombras sobre la vía pública desde ventanas.
d) Realizar cualquier vertido de líquidos desde las viviendas a las vías públicas, en especial los procedentes del riego de plantas, limpiezas de terrazas y aparatos de aire acondicionados.
e)Escupir, orinar o realizar cualquier tipo de necesidad fisiológica en la vía pública.
f)Lavar, limpiar, manipular o realizar cualquier operación o reparación en vehículos, siempre que no hayan quedado inmovilizados por avería o accidente.
g)Partir leña, encender lumbre, lavar, arrojar aguas sucias y cualquier otra operación que pueda ensuciar las vías.
h) Dejar en la vía pública, parques y jardines y en general en cualquier espacio urbano deposiciones de animales de compañía. Los propietarios de los animales de compañía deberán retirar de la vía pública dichas deposiciones.
2. Queda prohibido rebuscar desechos y residuos de toda índole, decomisándose los efectos y materiales rebuscados.
Artículo 33.-Deyecciones de animales domésticos en espacios públicos y privados de uso común.
Las personas que conduzcan perros y otros animales deberán impedir que las deyecciones queden depositadas en las vías públicas y en particular en aceras, paseos, jardines y en cualquier otro lugar destinado al tránsito de peatones, tanto público como privado de uso común,estando obligada a proceder a su retirada y limpieza inmediata.

Artículo 41.-Actividades prohibidas en espacios verdes públicos.
Con carácter general, quedan prohibidas las siguientes actividades en espacios y zonas verdes ajardinadas de uso público:
a) Pisar, destruir o alterar las plantaciones de cualquier clase, exceptuando los lugares en los que e
xpresamente quede permitido el tránsito.
b) Cortar flores, plantas o frutos sin la autorización correspondiente.
c) Talar o podar árboles sin autorización expresa.
d) Arrojar en zonas verdes basura, papeles, plásticos y cualquier otra clase de residuo.
e) Dañar o molestar a la fauna presente en las zonas verdes o asociada a los elementos vegetales.
f) Encender fuego, cualquiera que sea el motivo, en lugares no autorizados expresamente o sin instalacion es adecuadas para ello.
g) Hacer pruebas o ejercicios de tiro para practicar puntería, encender petardos o fuegos de artificio.
h) Circular con vehículos a motor y aparcar o estacionar vehículos.
i) En general, cualquier actividad que pueda derivar en daños, que impliquen un uso anormal o impidan el disfrute, uso pacífico y armónico de zonas verdes, parques, jardines, animales, elementos de juego o mobiliario urbano

 
charly904
charly904
23/07/2013 12:27

ORDENANZA MUNICIPAL DE MANTENIMIENTO DE PARQUES Y
JARDINES Y PRESERVACIÓN DE LA LIMPIEZA DE LA CIUDAD
(B.O.P. de Toledo nº 58 de 11-03-2008)

 

 

http://areaterritorial.webcindario.com/parques.pdf

 

 
charly904
charly904
23/07/2013 12:16

Habrá que ponerse de acuerdo todos los vecinos para cada vez que veamos cosas llamar a la policía local, hasta que esto acabe de una vez y se comporten cívicamente.

Los teléfonos de la Policía local son:

Policía Local
TELÉFONOS: 092 / 91 809 80 92
MÓVIL 660 42 07 09


Habrá que ir llamando, ya veréis como van a estar todo el rato en el
residencial.

 

 
Kanemad
Kanemad
23/07/2013 11:22

Totalmente de acuerdo esto ya bordea la insalubridad en muchos casos, es una verdadera vergüenza.

Que triste que muchos de los que confiamos en el residencial para convertirlo en nuestro hogar y llevar un mejor nivel y calidad de vida nos tengamos que ver de esta guisa por culpa de algunos irresponsables.

Pero si como bien dicen por aquí ya que el ayuntamiento no hace nada y si ni los propios vecinos con su "Tolerancia" son capaces de ponerse de acuerdo para echar de aquí a esta panda de indeseables mucho me temo que ya está todo casi perdido.

Lo último presuntamente han sido pulgas vete tu a saber si lo siguiente no serán chinches o incluso algo mucho peor.
 

 
charly904
charly904
23/07/2013 11:16

carlosogigevi dijo:

Ya Charly pero.es que no puede cambiar poco a poco, ya que esto cada vez se hace mas grande y la solucione mas complicada.

El Aytm.tiene que ponerse pero YA a vigilar y multar a quien lo merezca y los vecinos a denunciar estos actos.

Estan tardando demasiado en hacer cumplir la ley y la gente se lo toma a coña y pagan los demás vecinos y gana peor nombre el Residencial.

 

 

Estoy contigo, de que esto tienen que cambiar ya. El Ayuntamiento tendrá que tomar medidas urgentes para solucionar todo esto, porque muchos vecinos ya estamos hartos de todo esto y hay que poner remedio ya.

Habrá que hacer escritos al Ayuntamiento o donde haga falta, porque esto va cada vez peor por la gente incivica que tenemos y no sabe convivir.

 
carlosogigevi
carlosogigevi
23/07/2013 10:51

Ya Charly pero.es que no puede cambiar poco a poco, ya que esto cada vez se hace mas grande y la solucione mas complicada.

El Aytm.tiene que ponerse pero YA a vigilar y multar a quien lo merezca y los vecinos a denunciar estos actos.

Estan tardando demasiado en hacer cumplir la ley y la gente se lo toma a coña y pagan los demás vecinos y gana peor nombre el Residencial.

 
charly904
charly904
23/07/2013 10:10

Hola vecinos, yo llevo viviendo en El Quiñón 5 años y no me arrepiento de vivir en mi barrio, el problema que hay es con los vecinos incivicos que no saben convivir.
Nos quejabamos de la limpieza de las parcelas, pues ayer sobre las 22 horas estaba yo en la terraza y veo a un Señor con su perrito y llega a la parcela que está pegada al líneal 46 y suelta al perro para que haga sus cosas, claro está que el perro cago y el dueño no cogio la mierda que deposito.
Otro día, estaba dando un paseo y veo a un coche que vez de llegar a la rotonda de marmol la que está pegada a los pisos del Santander coge y entra por el medio del paseo para cambiar de sentido y entrar a la calle que van a los pisos de Novagalicia.
Luego respecto a los perros, en vez de llevarlos a las zonas habilitadas para ellos, no es mas comodo llevarlos a las parcelas pegadas a los pisos para que orinen y planten su caca y los vecinos de los pisos pegados a esas parcelas tengamos que agüantar el mal olor que sube. Al gual que dejan que meen y hagan caca en el cesped del paseo. Un poco de civismo para esos dueños.
También me he dado cuenta cuando voy a pasear por la zona de los pisos del Santander, llegando a las parcelas que hay donde las torres de alta tensión que están valladas, pues la vallas están rotas y entran los dueños con sus perritos por esas parcelas para que meen y planten la caca, no respetan que esten vallados los terreno y encima con esos agüjeros que hay, que algún día va a pasar algo gordo, pero claro que luego no pidan responsabilidades ya que se han introducido ellos en parcelas que no tienen porque pasar.
Al igual que las bolsas de basura fuera de los contenedores y en las papeleras, en vez de introducirlas dentro del contenedor, pues la dejan fuera junto con muebles, es que les cuesta levantar la tapa del contenedor y llamar al Ayuntamiento para que recojan los muebles o llevarlos al punto limpio.
También los coches que reparan en la calle o los camiones que entran en el residencial, que con el peso que tienen están hundiendo las calles y eso que están prohibido.
Para que contar más, muchos vecinos estamos hartos de estos vecinos incivicos que nos saben convivir con los demás y hartos de que el Ayuntamiento no ponga mucha mas vigilancia y les pongan multas como mínimo de 1000 € para que aprendar de una vez a convivir como personas y no como cerdos.
A ver si poco a poco va cambiando todo para mejor y van aprendiendo la lección.

 
G
gljaa
19/07/2013 19:15

Claro que hay que hacer algo, yo propongo que cada vez que una persona vea que un perro esta haciendo sus necesidades, se quede mirando al dueño descaradamente, para ver si recoge la caca o no, y si no lo hace directamente decirselo o llamar a los locales, pero ya esta bien cojonesssss

Policia Local

TELÉFONOS: 092 / 91 809 80 92
MÓVIL 660 42 07 09

 
carlosogigevi
carlosogigevi
19/07/2013 19:00

Hay que hacer algo, lo que sea, pero ya.

 
G
gljaa
19/07/2013 18:53

Yo digo dos cosas:

1 el guarro que no recoge los excrementos de sus perros, si ve un coche de la policia, claro que lo va a recoger...a no ser que sea muy tontooooooooo, asi que deberiamos de ser los vecinos los que increpemos a esos dueños tan CERDOSSSSS.

2  Por detras de las dos torres centrales que estan en la avenida principal que estan vacias.....hay un paso (ACERA) peatonal....eso es un campo de minas, porque en las otras dos aceras que hay a izquierda y derecha entre las torres y los pisos lineales estan perfectamente limpias, que quiero decir, que en esa zona hay un guarro que nunca recoge, y no quiero acusar a nadie, pero a ver si la gente le puede ver y decirle algo, me han comentado que puede ser una pareja que tiene 3 perros, y no me extrañaria que fueran ellos....porque madre mia como estan esos 80 metros de acera...

Y que conste que yo tengo perro. ( LAS BOLSAS EN EL CHINO ESTAN MUY BARATITAS SEÑORESSSSS, que no es excusa que el ayuntamiento no ponga bolsas...GUARROS)

 
N
Noain
19/07/2013 16:50

El miércoles precisamente me acordé de la parcela que hay junto a la 46. Atravesarla era un suicidio; el olor era insoportable y eso no lo hacen cuatro incívicos solamente.Definitivamente es la parcela preferida para el Pipican y los de la 46 a aguantarse.      

 
carlosogigevi
carlosogigevi
19/07/2013 10:10

Joder, pues que lo hagan ya.

Entiendo que hay poco personal, pero esto tampoco sería para mucho tiempo creo yo, ya que en cuanto jodieran a unos pocos económicamente y pusieran papeleras (con bolsas incorporadas) no creo que la gente se la jugara.

Pero que lo hagan ya que limpian para nada.

 
charly904
charly904
19/07/2013 08:55

carlosogigevi dijo:

Una pregunta:

Sería legal el poder fotografiar a los vecinos en el momento de no recoger las cacas en la calle y posteriormente ponerlas por el foro y mandarlas al ayuntaiento para que salieran el la revista del pueblo??

 

 

No se puede, por el derecho de imagen, sin su consentimiento te puede denunciar. Lo suyo es que los policias los multen y los pillen infraganti, pero unas multas altas para que vayan aprendiendo.

 
carlosogigevi
carlosogigevi
19/07/2013 08:28

Una pregunta:

Sería legal el poder fotografiar a los vecinos en el momento de no recoger las cacas en la calle y posteriormente ponerlas por el foro y mandarlas al ayuntaiento para que salieran el la revista del pueblo??

 
carlosogigevi
carlosogigevi
19/07/2013 08:14

Charly para multar tienen que pasar de vez en cuando, con que multaran a 10-12 personas y se hiciers público te digo que la gente se lo pensaría.

Y repito, mas dinero para el ayuntamiento.

 

Fin del hilo
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