FUTURA RECLAMACIÓN
¿Cómo reclamar por retraso en la entrega de una vivienda?
1.139 lecturas | 2 respuestas
Hola a todos: Os adjunto la carta que había puesto en el otro foro pero como no todos lo consultais la pongo aqui también por si os interesa. La carta que me ha corregido mi hermano que es abogado la he mandado por burofax hace unos días.
Dicho burofaxes es para que quede constancia para las posibles futuras reclamaciones.
Os animo a hacer lo mismo con el mismo texto, si os parece bien o con otro parecido.
Un saludo
Gloria
URBAPRO, S.L
C/ Velásquez nº 90-5ª Planta
28006 Madrid
Madrid 28 Marzo 2007
Muy Sres. nuestros:
Nos referimos a su carta con fecha del 19 de febrero de 2007, donde nos indicaban textualmente que “con independencia de las adversas condiciones climatológicas de lluvias previas a Navidades, periodo vacacional y reciente ola de frío y nieve, que han impedido el normal ritmo en la ejecución de la obra, le informamos que en la actualidad dichas obras se encuentran paralizadas ante la imposibilidad de llevarlas a buen fin por parte de la constructora SEOP. En un plazo no superior a un mes, una vez que se haya implantado la nueva constructora, le comunicaremos además la previsión del plazo para la finalización de las obras”
Pues bien, habiendo pasado más de un mes, sin tener noticias de su parte, respecto al desarrollo de la obra y del plazo previsto de entrega de nuestra vivienda, les comunicamos nuestra más absoluta disconformidad con su proceder, sin que desde luego estemos de acuerdo en las causas alegadas en su carta para la demora en la entrega de nuestra vivienda, ya que no ha existido ninguna lluvia ni ola de frío y nieve en el invierno de 2006-2007 que haya podido paralizar dichas obras, rechazando así su justificación de demora por causa de fuerza mayor. Lo que conlleva por su parte a nuestro entender a el incumplimiento de la cláusula SEXTA de nuestro contrato de compraventa de fecha de 15 de Septiembre de 2004, correspondiente a la vivienda 20103 del residencial Fuente Milano en el sector S.08.R “Navalengua" en Bustarviejo-Madrid.
Ante las antedichas circunstancias, hacemos expresa reserva de cuantas acciones legales nos correspondan, entre ellas, las derivadas del derecho a ser indemnizados conforme al artículo 1101 del Código civil por los daños materiales y morales producidos a esta parte por el retraso imputable a ustedes en la entrega de nuestra vivienda, la cual según nuestro contrato debería ser entregada en el primer semestre del año en curso.
Quedamos por tanto a la espera de sus noticias.
Atentamente