he visto esto en la web de comunidad de Madrid
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
Estas viviendas están exentas del impuesto
- Viviendas de Protección Oficial (VPO)
- Viviendas con Protección Pública (VPP) equiparables a una VPO.
Para ello, es necesario cumplir los siguientes requisitos:
Los ingresos máximos de los adquirentes no deben superar 5,5 veces el IPREM.
La superficie no puede superar 90 m2 útiles.
Tampoco pueden superar el Precio Máximo Legal de Venta establecido para una VPO de Régimen General.
Estas pagan solo el 0,2% del importe escriturado
- Viviendas con Protección Pública (VPP) ≤ ; 90 m2 útiles, que no cumplan los requisitos para gozar de la exención
estas el 0,4% del importe escriturado
- VPP con superficie > a 90 m2 útiles y Viviendas libres:
Con importe escriturado ≤ ; 120.000 €
Estas el 0,5% del importe escriturado
Con importe escriturado > 120.000 ≤ ; 180.000 €
y el 1% del importe escriturado
Con importe escriturado > 180.000 €
Enlace
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142516578350&pageid=1200916230200&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico