Literalmente se aprobó en asamblea lo siguiente: "La devolución de las aportaciones efectuadas para la adquisición de vivienda por el socio, la efectuará el tercero al que se pretenda ceder el derecho, siendo el socio cedente quién le ofrezca facilidades de pago".
Varios de nosotros también consultamos abogados y este acta invalida lo de la devolución por parte de la cooperativa a los 90 días. Es decir, la Cooperativa no te va a devolver nada porque así se aprobó en asamblea. Además, en todo caso, según estatutos y leyes autonómicas, no puedes reclamárselo a la cooperativa ni siquiera judicialmente hasta que hayan pasado 18 meses en caso de baja justificada y más si la causa es no justificada. (Además aquí Geshogar, lamentablemente, no pierde nada, ni siquiera la denuncia sería contra ellos sino contra la cooperativa, los vecinos.... pero como se votó en asamblea lo otro por los mismos vecinos...)
Saludos,