Hola a todos:
He buscado la ley de la que hablaban en el foro general que es:
LEY 37/1992, DE 28 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO y está vigente este año de la página de la aeat. Y confirma lo que había comentado antes en el foro.
La he colgado de la zona de descargas para el que la quiera ver.Creo que deberíamos llamar a Hercesa y preguntar. Ya que nuestra vivienda es de promoción pública.
He entresacado la parte que dice que se impone un 4% de iva a las viviendas:
6º. Las viviendas calificadas administrativamente como de protección oficial de régimen especial o
de promoción pública, cuando las entregas se efectúen por los promotores de las mismas, incluidos los
garajes y anexos situados en el mismo edificio que se transmitan conjuntamente. A estos efectos, el
número de plazas de garaje no podrá exceder de dos unidades.
Las viviendas que sean adquiridas por las entidades que apliquen el régimen especial previsto en el
capítulo III del título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades,
siempre que a las rentas derivadas de su posterior arrendamiento les sea aplicable la bonificación
establecida en la letra b) del apartado 1 del artículo 68 quinquies de la citada Ley. A estos efectos, la
entidad adquirente comunicará esta circunstancia al sujeto pasivo con anterioridad al devengo de la
operación en la forma que se determine reglamentariamente.