Madre mia, me extiendo tanto que .. bueno eolivares, como decía: una vez que tú estés empadronado, puedes empadronar a tu pareja, amigo... o a quien te de la gana sin problemas. Eso si, cuando vayas a la junta a por lo papeles, pide los dos tipos (para ti y para la autorización de tu pareja), lo digo porque lo teneís que firmar los dos, y así no te darás más paseillos.
De todas formas hay información en la página:
http://www.munimadrid.es/Principal/indexfaq.asp?faq=q4 (el 2º punto de preguntas frecuentes, a la derecha)