Buenas!
por si alguno más se pregunta que hay que hacer una vez se termine la obra y como se crea la comunidad de propietarios, os resumo lo que he leido y dejo algunos enlaces.
- La empresa promotora constituye la comunidad de propietarios sus estatutos y escritura el titulo constitutivo.
- La empresa promotora contrata un primer administrador de fincas (No se si es asi)
- El administrador se encarga de adquirir y legalizar el libro de actas (No se si es asi)
- La primera reunión (junta constituyente) puntos a tratar:
- El Presidente/a de la Comunidad, el secretario/a y el Administrador, quienes serán las personas encargadas de realizar los tramites de legalización. Generalmente es el Promotor del inmueble quien realiza la convocatoria de puesta en marcha de la Comunidad y suele proponer a algún Administrador de Fincas para la gestión de la misma.
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La aprobación de la creación de un fondo de reserva y la dotación de su importe, que no podrá ser inferior al 5% del presupuesto ordinario anual.
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Se debe aprobar la facilitación a todos los propietarios de la finca de una fotocopia de la Escritura de Obra Nueva y División Horizontal, de los Estatutos y normas especiales de Comunidad, a efectos de que todos las conozcan y puedan consultarlas.
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La aprobación de abrir una cuenta bancaria donde se harán los pagos e ingresos de la Junta de Propietarios.
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Se deberá redactar el Acta de Constitución, que incluirá los primeros acuerdos tomados en la Junta. Este Acta será la primera del denominado Libro de Actas.
- Obtención del N.I.F
http://administrotufinca.com/pasos-para-crear-una-nueva-comunidad-de-propietarios/
http://noticias.api.cat/pasos-para-constituir-una-comunidad-de-propietarios/
http://www.navarravpo.com/qu%C3%A9_saber_sobre_comunidades_de_vecinos
http://blog.globaliza.com/la-constitucion-de-una-comunidad-de-propietarios/
Saludos!