Antinoo dijo:
Hola, Gomoso, el porcentaje a desgravar es un 15% sobre una base máxima de 9.015,18 euros, es decir, que de las cantidades aportadas para el pago de la vivienda no podrás desgravarte lo que exceda de esa cantidad ni se podrá acumular en ejercicios posteriores, luego la deducción máxima es de 1.352,27 euros al año (o sea, el 15% de esos 9.015,18€). Como sabes las cuentas vivienda tienen también el mismo tratamiento fiscal: durante cuatro años te puedes
deducir anualmente el 15% de la cantidad depositada en cuenta a final de año hasta la misma cantidad máxima (9.015,18 euros). Pongamos por caso el año en curso: en febrero pagaste una cantidad de unos 4.400€, si además de eso a 31 de Diciembre tienes un saldo en la cuenta vivienda de 6.000€, por ejemplo, la suma de ambos importes será de 10.400€. De esa cantidad te podrás desgravar los susodichos 9.015,18€. Un saludo.
Muchas gracias a los dos!
Antinooo, te has explicado genial. Sólo una última cosa. No se si la cuenta que tengo, es cuenta vivienda. Me da a mi que no, que es una cuenta joven..iré a "la caixa" a preguntar. Si no la tuviera, podría hacerme una, e ingresar allí el dinero que tengo metido en la actual cuenta?
De esa forma, con los 4400 que ya pagué, más lo que tengo ahorrado, llegaría a los 9015..se puede??
Prometo no ser más pesado, gracias otra vez majete.
Saludos!