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A
Antinoo
20/06/2013 14:47

SUPRESIÓN AYUDAS SUBSIDIACIÓN DE PRÉSTAMO

¿Por qué no se están tramitando las ayudas de subsidiación de préstamos cualificados en Bankia?

1.801 lecturas | 8 respuestas

Hola, a todos: Aunque la Consejería de Vivienda de la CAM está enviando cartas donde se nos reconoce el derecho de prórroga de subsidiación del préstamo cualificado, en base a la:

[Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
Publicado en: 
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2013, páginas 42244 a 42256 (13 págs.)
Sección: 
I. Disposiciones generales
Departamento: 
Jefatura del Estado
Referencia: 
BOE-A-2013-5941>
 

ESTAS AYUDAS NO SE ESTÁN TRAMITANDO!!!

 

En Bankia han recibido una circular interna con esta nueva orden para que no se tramiten estas ayudas ni se expidan certificados para solicitarlas.

 

Os copio aquí abajo el extracto de la Ley que nos afecta 

 

 

[Disposición adicional segunda. Régimen aplicable a las ayudas de los Planes Estatales de Vivienda y Renta Básica de Emancipación.

A partir de la entrada en vigor de esta Ley será de aplicación el siguiente régimen a las ayudas de subsidiación de préstamos, Ayudas Estatales Directas a la Entrada y subvenciones reguladas en los Planes Estatales de Vivienda cuyos efectos se mantengan a la entrada en vigor de esta Ley y a las ayudas de Renta Básica de Emancipación establecidas por el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre:

a) Se mantienen las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos que se vinieran percibiendo.

Asimismo se mantienen las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos reconocidas, con anterioridad al 15 de julio de 2012, que cuenten con la conformidad del Ministerio de Fomento al préstamo, siempre que éste se formalice por el beneficiario en el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de esta Ley.

Quedan suprimidas y sin efectos el resto de ayudas de subsidiación al préstamo reconocidas dentro del marco de los Planes Estatales de Vivienda.

No se admitirán nuevos reconocimientos de ayudas de subsidiación de préstamos que procedan de concesiones, renovaciones, prórrogas, subrogaciones o de cualquier otra actuación protegida de los planes estatales de vivienda.

b) Las Ayudas Estatales Directas a la Entrada que subsisten conforme a la disposición transitoria primera del Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, sólo podrán obtenerse cuando cuenten con la conformidad expresa del Ministerio de Fomento a la entrada en vigor de esta Ley, y siempre que el beneficiario formalice el préstamo en un plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la misma.

c) Se mantienen las ayudas del programa de inquilinos, ayudas a las áreas de rehabilitación integral y renovación urbana, rehabilitación aislada y programa RENOVE, acogidas a los Planes Estatales de Vivienda hasta que sean efectivas las nuevas líneas de ayudas del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016. Se suprimen y quedan sin efecto el resto de subvenciones acogidas a los Planes Estatales de Vivienda.

d) Las ayudas de Renta Básica de Emancipación reguladas en el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, que subsisten a la supresión realizada por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, y por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, se mantienen hasta que sean efectivas las nuevas líneas de ayudas, del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.>

 

Un saludo a todos

 
M
mqg2007
25/07/2013 09:41

Buenos días:

Una vecina de otra promoción, ha enviado contestando, tres cartas:

Uno a la entidad donde se tenga el préstamo.

Otra al Ministerio de Fomento

Y por último a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid

Creo que tiene razón y hay que seguir los pasos:

Primero éste y luego me imagino que ya empezaríamos con los recursos.

Lo podéis enviar mediante un burofax

Suerte a todos

 
M
mqg2007
24/07/2013 11:49

Yo lo voy a presentar. Tenéis que pedir en vuestro Banco, un escrito donde os deniegan la tramitación de dicha prórroga según la ley 4/2013 que entró en vigor el día 5 de junio.

Tiene que ser de manera individual.

Un saludo

 
S
sandralru
23/07/2013 09:18

Hola a todos,

estais poniendo muchos vecinos recurso de alzada?.

 

Un saludo

 
M
mqg2007
17/07/2013 12:14

Hola a todos:

Podéis hacer la hipoteca con la entidad que queráis, pero creo que no se puede cancelar la hipoteca con Bankia, hasta que no cumpla los 25 años. Es decir, tenéis que dejar X dinero, pagando el mínimo o lo que digan hasta cumplir los 25 años.

Por eso nos podemos quitar hipoteca para ir bajando el importe pero no en tiempo.

Un rollo....

Saludos a todos

 
N
Nilina
16/07/2013 19:36

Yo me voy a informar porque también quiero irme de La Caixa, además las hipotecas que se rigen por Euribor son más baratas.

De todas formas poned recurso de alzada, porque varios partidos políticos ya han puesto Recurso de Incostitucionalidad....y si en un futuro retroceden y nos vuelven a reconocer el derecho a cobrar la subsidiacion es mejor tener nuestro papel en el que pusimos el Recurso.

 
S
sandralru
16/07/2013 14:07

Hola vecinos,

 

visto que nos van a dejar sin ayudas, ¿creeis que es posible legalmente sacar la hipoteca de Bankia, ya que las ventajas que teniamos han desaparecido, y llevar nuestra hipoteca a otro banco?. Yo me quitaría un peso de encima si me puedo deshacer de Bankia.

 

Un saludo

 
N
Nilina
01/07/2013 21:02

Aviso,

La caixa nos la está denegando. Dice que recibe ordenes del Estado.

 
M
mqg2007
20/06/2013 16:30

Hola, yo aún no he recibido la carta, pero espero recibirla pronto e iré al Banco a ver que me dicen.

Según esa Ley se contradicen, pues a nosotros nos corresponde desde el 1 de mayo de 2013.

Saludos

 

Fin del hilo
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