Volver al foro
E
enrico
20/08/2012 17:08

precio alquiler o venta??

¿Cómo alquilar mi piso en Madrid? ¿Cuál es el precio estimado por la comunidad y de venta?

2.217 lecturas | 6 respuestas

Hola vecinos me gustaría saber si alguno de vosotros ha alquilado su piso y puede indicarme el papeleo, los plazos que tardan en autorizarte  y lo que es principal el precio estimado por la comunidad de madrid y también el precio de venta. En mi caso 2 habitaciones. Se no esta quedando un poco pequeña la casa  Gracias

 
E
enrico
29/06/2017 19:31
Hola. la autorizacion de venta o alquiler siempre hay que pedirla a la Comunidad de Madrid. lo unico es que pasados los diez años no hay que devolvet las ayudas ni cambiar la hipoteca convenida a libre
 
el_buby
el_buby
26/01/2013 12:12

[quote=enrico>

- el periodo para poder vender o alquilar es de 10 años desde que nos entregaron la vivienda pero cumpliendo los anteriores requisitos pueden autorizarlo.. el ims tiene 10 años de tanteo y retracto. pasado este tiempo no hay que devolver las ayudas ni cancelar la hipoteca.

-

 

Hola  @enrico

 

Yo estuve hace tiempo en la CAM hablando sobre el tema del alquiler antes de la "liberalización" del piso. Me comentaron que antes de 10 años no se podría, tan sólo pidiendo autorización, según el tipo, la CAM está autorizando a alquilar los pisos, siempre y cuando se hayan devuelto las ayudas con intereses y la hipoteca sea libre, no subvencionada ( esta por la que estamos pagandoun referencial superior al EURIBOR). 

 

Pero no me dijo nada sobre eso que dices que después de los 10 años, n o hace falta devolver los intereses. ¿entonces pasados 10 años deberíamos pedir permiso o bien hacerlo por nuestra cuenta?

 

un saludo gracias

 
L
luisNC
26/10/2012 16:23

Muchas gracias por la información!! la verdad es que es de gran ayuda. Lo único que me parece exagerado tener que haber pagado toda la hipoteca y devolver la ayuda para poder alquilar el piso!Creo que así lo único que consiguen es fomentar el alquiler sin contrato...y claro, sin declarar... así va el país!

Gracias de nuevo. Un saludo.

 
E
enrico
21/10/2012 17:30

hola vecinos

he estado en la comunidad de madrid informándome sobre venta o alquiler de las viviendas.

-devovler ayudas ion intereses

-cancelar antes de la venta el credito convenido (lo consideran ayuda, sin contar con el elevado coste de intereses que estamos pagando)

-pedir autorización  ( el papelito vale 60€)

- el periodo para poder vender o alquilar es de 10 años desde que nos entregaron la vivienda pero cumpliendo los anteriores requisitos pueden autorizarlo.. el ims tiene 10 años de tanteo y retracto. pasado este tiempo no hay que devolver las ayudas ni cancelar la hipoteca.

-PRECIO DE VENTA:

dos modalidades.  V= V + ( V x IPC/100) x 1.5

                                V Precio=precio compra  70.000x IPC diferencia del 19-11-2008 calificacion definitiva a ipc acutal  7.9/100) x 1.5

 la otra modalidad es 1.576,64€ el m2 util de la vivienda

                                      945,98€ el m2 util del garaje y trastero

 

EN CUANTO EL ALQUILER       

  V= ( (V+(V X IPC/100) ) X1.5) X 5,5%

                               7.23€ M2 DE VIVIENDA UTIL

                               4.34€M2 DE GARAJE Y TRASTERO.

Tener en cuenta que en las escrituras seguro que os figura que la plaza de garaje tiene 11m2 utiles cuanto en realidad hemos pagado por ellas a razón de 25m2 utiles. la comunidad de madrid os dara un papel donde figuran todos los datos utiles de la vivienda y SI corresponden.

ESPERO QUE OS SIRVA DE AYUDA. SI TENEIS ALGUNA DUDA DEJAR MENSAJE. UN SALUDO

 
E
eievar
03/09/2012 20:43

Ni idea, siento no poder ayudar. Yo tenía entendido que no se podía alquilar y que sólo se podía vender previa autorización de la Comunidad y devolución de las ayudas recibidas. En todo caso si alguien puede ayudar estaré atento, no está de más saberlo.

Saludos!

 
L
luisNC
03/09/2012 17:23

Hola! pues la verdad es que yo no conozco a nadie... pero también  estoy interesado en los trámites para el alquiler del piso. Yo en un principio tenía entendido que no podíamos, pero luego me dijeron en la Comunidad de Madrid que sí, pero que había que solicitarlo a ellos y alquilarlo a través de la Comunidad... es así? bueno, si alguien tiene idea de algo, también me sería de gran ayuda.

Un saludo

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento