Hagamos una cosa. Como las reuniones son convocadas por la administracion a la que pagamos aprox. 500 euracos mes, en funcion de su disponibilidad. Se convocan en horarios en los que la unica que puede ir sin problema es la administradora, y no los interesados que somos los paganinis.
Eso cuando se convocan correctamente por que el chico que tenia que poner los carteles no se ha ido.
Mañana le dire a mi jefe que me suba el sueldo, pero no me espere a las ocho, por que a esa hora no estoy disponible, que ya ire yo cuando me plazca. A ver lo que me dice, lo que me paga y a donde me manda.
Las reuniones en todas las comunidades son convocadas por el presidente. Y es el administrador, que es el que cobra por realizar esa funcion, el que se ajusta a ella y no al reves.
Esto no pasaba con los administradores de la anterior comunidad a la que pertenicia, ni con los de la comunidad de mis padres, ni con los de la comunidad de mi hermana, ni con ninguna que conozca, que ninguno de ellos llega a cobrar 500 Euros.
Ah, en ninguna de ellas se tiene pactado un numero de reuniosnes/año y el resto se cobran a parte, como me ha parecido entender en alguna conversacion.
Si el presidente convoca una reunion el administrador va y punto. Y realiza su funcion que es por lo que cobra, sean estas una o veintiuna. Y sean estas a las 12:00 de la mañana o a las 21:00 de la tarde, Martes o Domingo.
La hora de las reuniones deviera ser marcada con la intencion de dar la posibilidad de asistencia al mayor numero posible de interesados. Que al fin y al cabo son los que pagan y tienen el derecho de tomar las decisiones que les competen, a ser informados directamente, a poder formular preguntas e interrogantes y a ser asesorados correctamente en el momento de la reunion. Tambien tienen derecho plantear cuestiones, interrogantes, pareceres y condiciones sobre los puntos de la misma en el momento de la reunion, asi como formular ruegos a la junta para que se traten u estudien temas. Y es derecho de unos y obligacion de otros el que todo esto sean recogido en el acta de dicha reunion.
Pongo de manifiesto que en la ultima reunion se salto el punto de ruegos y preguntas por ser tarde. Lo cual es una grave vulneracion contra el derecho de los interesandos. Si luego nadie tiene ninguno me parece bien, pero de primeras no se puede anular unilateralmete.
Pongo de manifiento tambien el echo de que exite obligacion de levantar acta de las reuniones que sean convocadas, que en esta se recojan, entre otas cosas los asistentes y el resultado de las votaciones, conclusiones, condiciones, ect... a los que se llegue en la reunion, que esto es obligacion del secretario o en su defecto el administrador o en su defecto el presidente o vicepresidente. Que una copia de dicho acta deve ser remitida a cada uno de los miembros de la junta, asistentes o no a la reunion, para que tengan el conocimento de lo tratado y el derecho a plantear discrepancias de las decisiones tomadas en la reunion. Todo ello en los plazos y formas establecidos en la LPH.
Tambien hay que levantar acta de las reuniones llamadas " informativas". y las de vocales. La gestion documental y la trazabilidad de las decisiones tomadas a lo largo del tiempo es importante en culaquier tipo de sociedad y evita el caer en errores pasados.
El convocar reuniones en un horario incompatible con la mayoria de los interesados vulnera en cierta medida todos estos derechos. Y si bien es cierto que me pueden decir que exite la posibilidad de que asista un representante del interesado ( no creo, si tiene el mismo horario laboral), es mas sencillo cambiar al administrador por otro que tenga unos horarios mas flexibles, pues creo que es mas efectiva una reunion de vecinos que una reunion de representantes de vecinos, y lo que si me da igual es un administrador que otro.
Saludos.
PD: Pido disculpas por la pedanteria.