Buenas tardes de nuevo, me gustaría saber a los futuros vecinos de la promoción Residencial Inbisa Sanchinarro Valois, si estáis de acuerdo con el punto OCTAVO del contrato: En la pág. 9: el último párrafo, donde pone que la parte Compradora faculta a la parte Vendedora para que contrate, por el plazo mínimo de un año, los servicios precisos para la puesta en funcionamiento del edificio. Aquí no estamos de acuerdo, queremos que ponga "máximo de un año", y ya luego la Comunidad de Propietarios negociaríamos nuestros propios contratos.
Creemos que después del primer año tendríamos que ser los vecinos lo que decidamos que contratamos y a que precio.
Ya que si Inbisa contrata a un precio elevado unos servicios durante 10 años, no podemos hacer nada para poder modificarlo y tenemos que estar pagando algo que no queremos.
Gracias