Entonces yo no te puedo ayudar mucho ya que no tengo ni idea de nada, si fuese del plan joven que es nuestro caso todavia, pq funciona completamente distinto a todo lo demas. sorry. Lo que no se es si se referira a esto:
-----------------------------------------------------
Convocatoria de Vivienda Pública en Madrid
Listado Provisional de participantes en el sorteo de Madrid >
Puede consultar la relación provisional de solicitantes admitidos y excluidos en la Convocatoria para la adjudicación de 1.231 viviendas de titularidad pública en el municipio de MADRID. El plazo de presentación de alegaciones concluye el día 13 de febrero de 2007.
El pasado 2 de octubre finalizó el plazo de recepción de solicitudes de la Convocatoria para la adjudicación en régimen de arrendamiento de 1.231 viviendas de titularidad pública, en el municipio de Madrid, para solictantes que estén empadronados o trabajen en este municipio desde antes del 1 de octubre de 2004.
¿Cómo se distribuyen las viviendas?
Las 1.231 viviendas se distribuyen en dos grupos:
a. 1.171 viviendas de titularidad pública en régimen de arrendamiento que se adjudicarán mediante sorteo público.
b. 60 viviendas reservadas al amparo de lo establecido en los artículos 5 y 6 del Decreto 19/2006, de 9 de febrero, por el que se regula el proceso de adjudicación de viviendas del Instituto de la Vivienda de Madrid, entre las que se encuentran las destinadas a situaciones de especial necesidad, emergencia social, etc.
¿Cuáles son los requisitos de acceso para participar en el sorteo?
1.Ser mayor de edad o menor emancipado y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente, de acuerdo con lo establecido en el Código Civil.
2. Tratarse de una unidad familiar cuya composición dependerá del Cupo de viviendas que corresponda:
- Cupo de Jóvenes: solicitantes cuya edad, o la de su cónyuge o pareja, no supere los treinta y cinco años. En este caso deberá tratarse de una unidad familiar compuesta por un máximo de cinco miembros.
Para este cupo se reservan un total de 253 viviendas.
- Cupo Mayores de 65 años: solicitantes cuya edad, o la de su cónyuge o pareja, exceda de los sesenta y cinco años. En este caso deberá tratarse de una unidad familiar compuesta por un máximo de tres miembros.
Para este cupo se reservan un total de 127 viviendas.
- Cupo Discapacitados: unidades familiares compuestas por algún miembro que precise necesidad de vivienda adaptada. En este caso deberá tratarse de una unidad familiar compuesta por un máximo de cinco miembros.
Para este cupo se reservan un total de 42 viviendas.
- Cupo de Personas Separadas y Divorciadas: solicitantes separados y divorciados mediante resolución judicial que hayan sido privados del uso y disfrute de la vivienda conyugal. En este caso deberá tratarse de una unidad familiar compuesta por un máximo de tres miembros.
Para este cupo se reservan un total de 145 viviendas.
- Cupo General: unidades familiares que no cumplan las condiciones para estar incluidas en alguno de los Cupos anteriores.
Para este cupo se reservan un total de 604 viviendas.
3. Acreditar unos ingresos familiares ponderados, en cómputo anual correspondiente al año 2005, iguales o inferiores a 3,5 veces el IPREM.
4. Acreditar un período mínimo de dos años de empadronamiento o trabajo inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en el municipio de Madrid.
5. No haber resultado ninguno de los miembros de la unidad familiar del solicitante adjudicatario de vivienda sujeta a algún régimen de protección pública de titularidad de la Comunidad de Madrid en los veinte años anteriores.
6. Que ningún miembro de la unidad familiar sea titular del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute, de arrendamiento o arrendamiento con opción a compra sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional, ni tampoco sobre una vivienda libre en toda la Comunidad de Madrid. No obstante, no será de aplicación este requisito en caso de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
7. No encontrarse ocupando una vivienda o inmueble de titularidad de la Comunidad de Madrid, sin título suficiente para ello, en el momento de la solicitud o con posterioridad a la misma.
8. No haber sido titulares de vivienda o haberla enajenado en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
¿Cómo se solicitan las viviendas?
Los solicitantes que cumplan con estos requisitos disponen hasta el 2 de octubre para presentar su solicitud de vivienda en cualquier Registro Público de la Comunidad de Madrid.
Las solicitudes están disponibles en las dependencias de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sitas en la calle Braganza s/n y en la avenida de Asturias, nº 28 ; en la calle Maudes, nº17 y en la calle Princesa, nº 3. También pueden descargar el modelo oficial de la solicitud desde esta página Web, sin olvidar acompañarla de la documentación solicitada, detallada en la solicitud.
¿Cómo se adjudican las viviendas?
Las 1.171 viviendas repartidas en los diferentes cupos, se adjudicarán mediante sorteo público ante notario.
Las 60 viviendas restantes se adjudicarán al amparo de lo establecido en los artículos 5 y 6 del Decreto 19/2006, de 9 de febrero, por el que se regula el proceso de adjudicación de viviendas del IVIMA.
¿Cuánto cuesta el alquiler de estas viviendas?
A los efectos de establecer la renta máxima de las viviendas de titularidad pública gestionadas por el IVIMA, la Comunidad de Madrid distingue 4 zonas que engloban a los diferentes municipios que la integran: zona A, zona B, zona C y zona D.
En referencia a esta convocatoria, el municipio de Madrid está integrado en la zona A, que fija el precio máximo de alquiler para estas viviendas en 3,94 euros mensuales por metro cuadrado útil de vivienda.
Para la plaza de garaje, el precio máximo de alquiler es de 2,36 euros mensuales por metro cuadrado útil.
En función de estos precios y los metros cuadrados útiles de la vivienda y/o plaza de garaje se puede establecer la renta máxima mensual que el inquilino deberá pagar por el arrendamiento.
A modo de ejemplo, una vivienda de 70 m2 útiles y 25 m2 de plaza de garaje cuesta alrededor de 335 euros mensuales.
Puede consultar la relación provisional de solicitantes admitidos y excluidos de dicha convocatoria.
-------------------------------------------------
El link de la info anterior donde puedes consultar mas cosillas:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?MI=1142297616433&c=OVIC_InfGen_FA&pagename=OVICAM%2Fhome_OVICAM&language=es&cid=1142313509825