"Las viviendas con protección pública para arrendamiento y arrendamiento con opción
de compra, podrán ser enajenadas por sus titulares por promociones completas, de manera
parcial, incluso individualmente, y a precio libre, en cualquier momento del período de vin-
culación a dicho régimen de uso, previa autorización de la Consejería competente en mate-
ria de vivienda, a un nuevo titular o titulares, siempre que sean personas jurídicas, incluyen-
do sociedades o fondos de inversión inmobiliaria, pudiendo retener, si así lo acuerdan, lagestión de las promociones, con la obligación por parte del nuevo o los nuevos titulares, de
atenerse a las condiciones, plazos y rentas máximas establecidos, subrogándose en sus de-
rechos y obligaciones”
Esto sacado del boletin de la comunidad de Madrid fechado a 22 de Julio de 2013 IV.
Que no es moral lo que han hecho,no significa que no sea legal,ya se cubren las espaldas,esto me sirve de experiencia,nunca mas piso con opcion a compra ¿para pagar un alquiler X años perder dinero y luego no poder comprar el piso y tener que irme? No,señores,eso de derecho a vivienda digna es un bulo.