ana, cuando firmas el contrato te viene puesto lo del aval, que tienen obligación de dartelo, mira en el punto cuarto dice :
A los efectos previstos en la Ley de 27 de Julio de 1968, según redacción dada por la LOE, se garantizará por póliza suscrita con Compañía se Seguros, o aval solidario prestado por la entidad bancaria o Caja de Ahorros, a elección de la VENDEDORA, para el supuesto de que no se llegase a entregar la vivienda objeto del presente contrato, la devolución de las cantidades entregadas,más el interés legal que, como pago anticipado a la entrega de la vivienda perdicibirá la entidad VENDEDORA.