Para que la sanción de la solicitud un préstamo hipotecario sea positiva, tiene que superar los siguientes controles:
Se necesita que tu contrato laboral sea fijo , y mejor dos titulares que uno solo ( con la actual reforma laboral, esta condición es un absurdo, pues si con 20 días pagados por toda tu vida laboral, te pueden poner en la calle, que me digan, ¿ quién goza de esta condición en su trabajo ?
La antigüedad en el trabajo no debe ser menor a 2 años ( Aquí depende, que en tu vida laboral no haya muchos periodos en paro )
Los ingresos del titular o titulares de la hipoteca, no deben superar el 35% o máximo el 40% la ratio de endeudamiento. Esto quiere decir, que si ganas 1.000.- euros netos, la cuota mensual de la hipoteca, no puede exceder de los 350.-euros o como máximo 400.-euros
Si el titular o titulares del préstamo hipotecario, tienen otros préstamos ( personales o hipotecarios) , el importe de la cuota mensual de esos préstamos, les serán restados de sus ingresos netos para saber cual es el máximo de su nivel de endeudamiento. Me explico, si ganas 1.000.-euros y pagas uno o varios préstamos que suman mensualmente 300.-euros, se restarán 1.000 – 300 = 700.- euros. De estos 700.-euros, el banco sólo te concederá una hipoteca que no supere una letra de 245.-euros o como máximo 280.-euros ( si este es tu caso, mira alguna chabola en un barrio marginal o métete de patada).
La edad del titular o titulares, interviene directamente en el plazo que la entidad fijará como máximo ( 70 o 75 años dependiendo del banco ). También dependiendo de la entidad financiera, si existieren dos titulares con edades diferentes, se cogerá el plazo del menor para fijar el máximo plazo o el del mayor. La discrepancia de criterios de la política de riesgos de cada banco, fija estas condiciones.
Algunos bancos como ING, solo admiten titulares que formen unidad familiar ( casados, parejas de hecho registradas o parejas de hecho sin registrar). Esto quiere decir, que cuando en el préstamo figure más de un titular, no admiten otros vínculos aunque sean sanguíneos de primer grado.
El Banco solo concede el 80% del menor de los valores, el de la compra-venta o el de la tasación. Ejemplo: si compras una vivienda por 200.000.-euros, el banco solo te concederá 160.000.-euros, pero si la tasación es menor de los 200.000.-euros, solo te concederán un máximo del 80% de la tasación. Algunos bancos pueden llegar al 90 o incluso el 100% de estos valores, en función de que existan avalistas solventes.
Si se superan todos estos controles, la financiación puede llegar a buen puerto. Eso si, suscribiendo toda una batería de productos parabancarios de alta rentabilidad para el banco, como SON:
Seguro de vida ( algunos bancos cobran prima única por los 10 o 15 años primeros incluyéndolo en el préstamo hipotecario. Otros lo cobran anualmente, penalizándote en el tipo de interés si lo cancelas )
Seguro de protección de pagos ( suele ser por 4 0 5 años y te cubre 6 meses de paro )
Seguro de hogar
Plan de pensiones
Tarjetas de débito y de crédito
Domiciliación de nómina
Teniendo todo esto suscrito, el diferencial, que no baja actualmente del 3,50% en la mayoría de los bancos, puede bajarte 0,80 puntos. En una palabra, se quedaría al Euribor + 2,70%
Ahhh!! No olvidemos la comisión de apertura, que pasa del 0,50% hasta el 1,50% del total del préstamo.
Bueno, pues si cumples todas estas condiciones, tienes ahorrado aproximadamente el 33% del precio de la compra ( para 200.000.-euros de compra, tendrías que tener ahorrado 66.000.-euros) te doy la enhorabuena. Eres de los afortunados del articulo 47 de la constitución, donde cita, que todos los españoles tenemos derecho a una vivienda digna.
¿ Por qué el gobierno, cuando el mercado inmobiliario está bajo mínimos, no avala a todos los compradores que deseen invertir en la compra de la primera vivienda, ese 33% que la inmensa mayoría y sobre todo los jóvenes no tienen como entrada ? ¿ Por qué se avalan los balances de los bancos y no el de las economías domésticas ? No digo que el aval sea gratuito y a fondo perdido como lo es FROB bancario, pudiéndose instrumentar como un seguro ( el famoso que hacía AIG) que aportara ingresos a las arcas del estado. Si este gobierno quiere generar puestos de trabajo de forma inminente y no seguir haciendo el caldo gordo a la sra Merkel, no puede basar su modelo económico en los recortes y en la perdida del poder adquisitivo de todos los españoles. Somos un País sin industria y necesitamos el ladrillo como modus vivendi.
Mientras todo siga igual, aconsejo a todos aquellos que quieran acceder a una vivienda y no puedan hacerlo, valoren el ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA, es una buena formula de tener amortizada una buena parte de la entrada
¿Qué significa alquilar con opción a compra?
Significa que tú alquilas una vivienda por un tiempo determinado (suelen ser 5 años) y que una vez pasado ese plazo tienes prioridad por contrato para adquirir la vivienda.
¿Quién se beneficia?
Se benefician ambas partes, el arrendador y el arrendatario. El arrendatario porque mientras alquila la vivienda en realidad invierte en una posible compra, y el arrendador, porque tiene en alquiler su vivienda, gana dinero, y no debe preocuparse por buscar comprador.
UnA rebaja en el precio de la casa.
Si el arrendatario finalmente opta por adquirir el inmueble, lo que ha estado pagando por el alquiler se deduce del precio final de compra.
Presta atención al contrato.
En este tipo de contrato se deben estipular las condiciones de compra venta. Además se debe especificar cuántos años debe estar el inquilino alquilando la vivienda antes de poder comprarla.
Especificar quién corre con los gastos de la comunidad.
Especificar quién corre con los gastos de una posible reforma.
Como no hay una ley específica para este tipo de contratos, se rigen por el Código Civil y por la Ley de Arrendamientos Urbanos