Hola,
en general estamos de acuerdo, con una reserva: la comunidad de vecinos no puede imponer ninguna norma que contravenga la Ley de Propiedad Horizontal. En esta ley se dice:
"1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad."
Aquí imagino que la parte del cerramiento que da a las zonas comunes podría considerarse "configuración o estado exteriores del edificio". El problema está cuando un vecino no espera a que se haga la comunidad y cierra su parcela como le parece más adecuado. Si luego en reunión de comunidad se decide otra cosa, pues ya la tenemos montada.
La ley al completo está aquí:
http://www.comunidades.com/comunidades/legislacion/reforma_lph.htm Scooby, una pregunta tonta: ¿por qué no habéis hecho puerta a las zonas comunes?¿no pensáis cerrarlas y reformarlas para darles uso? No hace mucho me di una vuelta por allí, vosotros tenéis unas zonas comunes gigantestas, es impresionante lo que se podría hacer ahí.
Venga, un saludo.