Consulta al Ayuntamiento: pago del IBI
¿Cómo funciona el pago del IBI para viviendas escrituradas en 2005 y 2006?
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Hemos realizado una consulta sobre el pago del IBI al responsable del Ayuntamiento en estos temas, Alejandro Rivera. Esto es lo que nos ha contestado:
- Viviendas escrituradas en el año 2005: pagan el impuesto íntegro, sin bonificaciones, y deberían recibirlo en su vivienda y ya a nombre del titular
- Viviendas escrituradas en el año 2006: el titular de los recibos es el propietario de la viviendas a uno de enero, en este caso Fadesa. Es quién debería pagarlo, salvo en el caso de que en la escritura de compraventa se haya acordado por ambas partes que lo asuma el comprador, práctica que es habitual en estos casos de entregas de vivienda nueva. Los recibos hay que ir a pagarlos al Ayuntamiento y deben tener una bonificación del 90%. Si llegáis a pagarlo y no es como decimos, no dudéis en preguntar por este señor que menciono al comienzo para que aclare las dudas que haya.
El cambio de titular de los recibos debe hacerse automáticamente una vez el Ayuntamiento reciba la notificación de la notaría del cambio de propiedad de la vivienda, y el recibo del año siguiente debería llegar a la casa de cada uno si más trámites.
Saludos,
AVBM