Igualmente, gracias por la información.
Además deciros (aunque no creo que sea un caso muy común)que hay una cláusula que obliga a ocupar la vivienda en el plazo de tres meses desde la entrega de llaves. Si por cualquier circunstancia no puede llevarse a cabo la ocupación en ese plazo, hay sanciones administrativas previstas.
Para evitarlo, parece ser que dar de alta los suministros como luz, gas.... y, sobre todo, empadronarte, pueden salvar ese problema.