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A
Amenieto
06/09/2005 10:25

Comisión C2B

¿Qué sucedió en la reunión convocada por TAU con Fomento?

2.586 lecturas | 30 respuestas
Como sabeís la obra ya debería haberse entregado.Parece ser que TAU había convocado a una reunión con Fomento que todavía no ha respondido. Según me han informado, la comisión de seguimiento ha de asistir a la reunión. Por favor, informad de lo que allí pase ya que no parece que vayan a convocar al resto de los vecinos.
 
J
jmc2b
13/10/2005 11:22
OS PONGO LA PREGUNTA QUE UN VECINO HIZO A TAU EN LA PÁGINA OFICIAL DE JARDINDEL NORTE Y LA RESPUESTA DE TAU:

"Me gustaría me contestaran si es verdad que la parcela C2B está gravada con un derecho de retracto a favor de FCC. En caso afirmativo:
1).¿Les rogaría nos explicaran de forma clara las medidas que va ha adoptar TAU?,
2).¿Qué implica esto para todos los cooperativistas?
3).¿Ese derecho va ha ser cancelado antes de la entrega de las viviendas? Por otra parte, seria posible nos dijeran si se ha efectuado ya la entrega de la obra por parte de FCC y si es así la fecha en que se produjo la firma de dicha entrega.
Un saludo

Respuesta de TAU:
En el otorgamiento 3º de escritura de compraventa de parte de la parcela C2B, entre Fomento y TAU, de fecha 4 de marzo de 2003, figura: "De conformidad con lo dispuesto en el art. 1507 del Código Civil, la parte vendedora se reserva, y la parte compradora le otorga, el derecho de recuperar la finca vendida objeto de la compraventa, mediante la devolución a la parte compradora del precio pagado y de cualesquiera otros pagos legítimos hechos para la venta, así como de los gastos necesarios, y útiles hechos en la cosa vendida, que acredite la parte compradora. El ejercicio de este derecho de retracto solo podrá hacerse efectivo por la vendedora en el caso de que la compradora pretenda transmitir la totalidad de la finca adquirida o parte de ella antes de construir sobre la parcela y de otorgar la Escritura de la correspondiente declaración de obra nueva, siempre que no sea a empresa perteneciente a su grupo o a Cooperativa o Comunidad promovida o gestionada por cualquiera de estas.-----".
Por lo que se puede apreciar, que dada la situación actual de la promoción, este derecho no afecta en nada a las adjudicaciones de las viviendas por parte de la cooperativa a los socios".

Y YO PREGUNTO ¿QUIÉN TIENE QUE HACER ESA CANCELACIÓN REGISTRAL?.


 

Fin del hilo
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