Hola
respuesta de la cam…….
En relación a su consulta, le informamos que las viviendas con número de expediente 06-GP-00235.8/2002 están calificadas como como Vivienda con Protección Pública, al amparo del Decreto 11/2001, de 25 de enero, modificado por el Decreto 45/2002, de 14 de marzo.
La duración del régimen legal de protección será de 25 años, a partir de su calificación definitiva (19/07/2005?), salvo cuando se haya obtenido financiación cualificada y ésta se refiera al préstamo cualificado, en cuyo caso la vinculación al régimen de protección pública será por el mismo plazo que el plazo inicial de amortización del préstamo, a contar desde la fecha de calificación definitiva.
Todo ello salvo que se hubiese obtenido financiación al amparo del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, en cuyo caso la duración del régimen legal de protección será de 30 años a contar desde la fecha de calificación definitiva sin posibilidad de descalificación voluntaria.