Respuesta a los trámites administrativos por si os interesa:
"Solicitar autorización de venta y la renuncia al derecho de tanteo y retracto ante la Comunidad de Madrid (según Orden 2907/2005, de 23 de septiembre, de la Consejería de medio Ambiente y Ordenación del Territorio, publicada en el B.O.C.M. de 13 de octubre pasado). Posteriormente, deberá notificarse también la transmisión realizada ante la Dirección General de Arquitectura y Vivienda".
Luego está la cuestión civil privativa...Pero eso es, como se dice en las pelis, otra historia...
Salu2