No soy experto, pero abajo copio lo que dice la ayuda del programa PADRE y en ningún sitio habla de la incompatibilidad de deducciones. Lo que sí que ocurre es que en la columna del préstamo no te permite meter inversiones sin financiación ajena, pero lo puedes meter en las otras dos columnas. De hecho,en la primera columna yo metí lo pagado por la hipoteca de la vivienda, en la segunda por la hipotecqa de la segunda plaza y en la tercera lo pagado a TAU (excluyendo lo pagado extra por locales) y lo pagado a MONTEGESTIóN
A continuación la ayuda del PADRE
ADQUISICIÓN O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL
a) Con financiación ajena
Se indicarán las cantidades invertidas en el ejercicio con derecho a deducción, siempre que se haya utilizado financiación ajena en las condiciones y con los requisitos establecidos reglamentariamente
Se cumplimentará este apartado distinguiendo las inversiones realizadas dentro de los dos años siguientes a la fecha de la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, contados de fecha a fecha, y las inversiones realizadas después de este plazo.
b) Sin financiación ajena
Se indicarán las cantidades invertidas en el ejercicio con derecho a deducción, cuando en la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual no se haya utilizado financiación ajena, o la financiación no cumpla las condiciones y requisitos establecidos reglamentariamente.
c) Información adicional:
Se indicará la fecha de adquisición de la vivienda habitual.
Además, si la adquisición se ha efectuado, total o parcialmente, con financiación ajena, y ésta consiste exclusivamente en un préstamo hipotecario, se debe consignar el número de identificación del mismo, indicando el que corresponda al vigente a 31 de diciembre de 2005 si se ha cambiado de préstamo durante el ejercicio.
2) CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL
Se indicarán las cantidades invertidas en el ejercicio con derecho a deducción, destinadas a la construcción o ampliación de la vivienda habitual, con o sin financiación ajena.
También deberá indicar el NIF del promotor o constructor de la vivienda, que el programa trasladará a la casilla 796.