La modificacion de licencia es de la licencia de obra, no de la de primera ocupacion. Hay dos tipos de licencia:
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La licencia de obra se nos concedió con el proyecto básico. Si hay modificaciones en el proyecto de ejecución y construcción de la obra hay que revisar esa licencia inicial mediante una modificación de licencia (en nuestro caso ha sido facil porque las diferencias basico-ejecucion eran de escasa entidad)
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La licencia de primera ocupación, la que permite habitar las viviendas, está supeditada (ademas de a los requerimientos especificos que indique el tecnico) a la concesión de la licencia de obras+modificaciones y por eso sin la firma final de la licencia de obra no se ha podido firmar la licencia de primera ocupacion.
Vamos que ahora estamos a expensas de un unico técnico (el de la licencia de primera ocupacion) que se va a encontrar a la vuelta de vacaciones (espero que haya sido ya) con:
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modificación de licencia de obra concedida
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requerimientos de la licencia de primera ocupacion ejecutados y contestados en un informe.
En un buen escenario, se pasará por allí, dará el visto bueno a los requerimientos y nos firmará la licencia. En uno malo, le parecerá que no estan resueltos ciertos temas, volverá a hacer otro requerimiento, habrá que subsanarlo y se alargará el momento de poder habitar nuestros pisitos.
Es un poco lioso. Espero haber sido clara.