uno de los varios puntos importantes que se trataron en la reunión fue el del cerramiento de los terrazas con mamparas de cristal; para mí, antes de manifestar mi opinión, creo hay dos temas importantes que atañen a esa propuesta:
- configuración exterior del inmueble (lo que coloquialmente podemos llamar estética)
- todo lo relacionado con la seguridad y aspectos técnicos de la instalación de las mamparas.
Primero quiero hablar del tema de la seguridad y aspectos técnicos, ante todo debo aclarar que no tengo mucha información sobre aspectos relacionados con el mundo de la construcción, montaje etc de cualquier elemento arquitectónico o constructivo; y desde luego ayer salí con más dudas a ese respecto. Lo que sí tengo claro es que NO se puede atornillar, ni perforar en los suelos de las terrazas de la comunidad, y TAMPOCO se puede fijar nada en el posamanos de la barandilla de las terrazas.
Pero a mí, la situación que me afectaría más es el hipotético caso de que se instalara la mampara en un ático y se eligiera una mampara que llegara al suelo de la terraza del ático, ¿cómo puede darse estabilidad a una mampara de cristal en una terraza de ático que no tenga techo y que llegue la mampara al suelo de la terraza y se decida no apoyarla en el murete?
ayer, uno de los interesados habló de que las mamparas se pueden fijar en el murete de la terraza, pero otro interesado pasó una fotografía de su proyecto, era una terraza que creo no tenía techo y me pareció ver que la mampara no se fijaba en el murete, sino que ocupaba media terraza y era como una “pecera” con una lámina de cristal que llegaba al suelo de la terraza, ¿quién me asegura a mí que no eso no se va a fijar con atornillamiento en el suelo? y reitero que el suelo de las terrazas NO se puede, y menos el suelo de las terrazas de los áticos que configura también la cubierta del edificio, cuestión especialmente sensible para los propietarios de la sexta planta de cada portal.
ayer me pareció percibir en la reunión una pequeña sensación que me resultó inquietante, y era la idea de que pudiese prosperar la autorización sólo para los áticos, y esto, en mi modesta opinión, no sólo sería un error sino una cuestión inviable, por la sencilla razón de que NO se puede autorizar a unos y prohibir al resto, o se autoriza a todos o nada.
Pero es que en el supuesto de que se autorizase a todos, ¿alguien ha pensado en la configuración exterior y/o estética del edificio?, este interrogante que planteo guarda relación con el segundo punto que quería tratar en este post: la estética.
ayer en la reunión se habló de que determinados servicios o elementos de la comunidad constituían un valor añadido para la comunidad, pero en mi modesta opinión el principal valor añadido de nuestra comunidad es su aspecto exterior, ¿alguien ha pensado cuál sería el resultado estético final si en la fachada apareciesen salpicadas algunas terrazas con el cerramiento y otras sin cerramiento por muy disimulado que sea el cerramiento? me atrevo a pensar que quizás podría repercutir en una disminución de valor
esta es mi modesta opinión respecto a la propuesta que se planteó en la reunión de ayer, opinión de la que se deduce cuál sería el sentido de mi voto
invito a la gente a trasladar sus opiniones con respeto, y que se abra un pequeño debate.
gracias a todos