He encontrado esto sobre el tema de los aires acondicionados (esto incluirá cualquier obra que requiera licencia). Es del Ayuntamiento de Pamplona pero creo que en el Ayuntamiento de Villalba será igual (la normativa es la misma). Como podéis ver la multa es para el propietario (qué es el que ha infringido la normativa.
Orden de retirada de instalación de aire acondicionado sin licencia en calle San Nicolás, 25, 4.º, de Pamplona, e incoación de expediente sancionador
El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 23 de enero de 2006, adoptó la siguiente resolución:
"Visto el informe emitido con fecha 17 de enero de 2006, por los Servicios Técnicos Municipales, en el que se constata la realización sin la preceptiva licencia de obras, en la fachada exterior de cuarta planta sobre alero del edificio número 25 de la calle San Nicolás, de obras de instalación de máquina de aire acondicionado y cableado, las cuales no pueden ser legalizables mediante concesión de licencia por cuanto contravienen lo dispuesto en el artículo 86 del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Antiguo de Pamplona (PEPRI) vigente, y considerándose promotora y ejecutora de las obras a doña María Belén Ezpeleta Zárate.
Por todo lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo previsto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás disposiciones de aplicación, he resuelto:
1._Ordenar a doña María Belén Ezpeleta Zárate, a quien se considera responsable de las obras, la retirada de la máquina de aire acondicionado y el cableado, concediendo a tal efecto el plazo de 90 días advirtiéndole que, si transcurrido dicho plazo no lo hubiere efectuado, el Ayuntamiento procederá a imponer multas coercitivas reiteradas por lapsos mensuales en cuantía de 600 a 6.000 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 204.3 de la Ley Foral 35/2002, hasta lograr su ejecución, o a la retirada de los elementos a través de los Servicios Municipales, sin más trámite, girando a su cargo las tasas por ejecución subsidiaria por el 132 por 100 de los gastos que se ocasionen.
2._Incoar expediente sancionador a doña María Belén Ezpeleta Zárate, como presunta responsable de la realización de obras de instalación de máquina de aire acondicionado y cableado sin licencia municipal, en la fachada exterior de cuarta planta sobre alero del edificio número 25 de la calle San Nicolás, que sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del procedimiento sancionador, es susceptible de infringir el artículo 211 de la Ley Foral 35/2002, siendo calificada dicha infracción urbanística como leve y correspondiéndole una sanción por importe de 300 euros a 6.000 euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 215.a) de la misma Ley.
4._Designar en virtud del artículo 73.3 del Decreto Foral 85/1995, de 3 de abril, a doña Esther Azanza Fernández, Secretaria Técnica del Area de Urbanismo y Vivienda, Instructora del expediente sancionador incoado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 en relación del artículo 28 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la interesada podrán promover la recusación de la Instructora nombrada.
5._Adjuntar el pliego de cargos redactado por la Instructora dentro del procedimiento administrativo sancionador, en el que se reflejan los hechos, la presunta infracción y la sanción que, en su caso, proceda. En el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la recepción del pliego de cargos la expedientada podrá alegar y presentar cuanto estime oportuno en defensa de su derecho."
Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.
_Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución ; o bien,
_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.
Pamplona, 16 de febrero de 2006._La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.