Ya sé de qué, se trata, me llamaron ayer para ir a firmarlo, Afianzamiento de Cantidades Anticipadas Para La Compra de Inmuebles.
Se trata de un seguro obligatorio, conforme Ley 57/68 de 27 de julio, Ley de Ordenación de la Edificación (L.0.E.) de 5 de Noviembre de 1999 y disposiciones concordantes, en el cual se garantiza a los asegurados que figuren en los certificados individuales emitidos, la devolución de las cantidades anticipadas para la compra de viviendas que hayan entregado al Promotor.
Incluirá el interés legal anual correspondiente y tendrá, como máximo, el capital asegurado establecido en cada certificado individual.
Hoy lo firmaré, pero esto se supone que deben entregarlo al inicio de comenzar a pagar, no cuando llevamos pagado una reserva, una entrada y 7 mensualidades.