Ya me han respondido. Este es el correo que yo les he escrito:
Pertenezco a una cooperativa (Jardín de Los Rosales) para la construcción de viviendas en el PAU de Los Berrocales, y me han recomendado este despacho miembros de otra cooperativa (Jardín del Norte en Las Tablas).
La cooperativa Jardín de Los Rosales está formada por unos 250 cooperativistas y está gestionada por TAU Promociones.
El caso es que estaríamos interesados en contar con un abogado (contratado por la cooperativa) para asesorar a los cooperativistas y vigilar los contratos y posibles acciones en nuestra contra por parte de la gestora. Estamos promoviendo este hecho entre varios miembros y tenemos varias dudas, alguna de ellas son estas (doy por hecho de que ya tienen experiencia en estos casos):
- ¿Cuál sería la labor que realizarían (a tenor de lo visto en alguna otra cooperativa)?
- ¿Cuáles serían sus honorarios anuales?
- ¿Cómo podríamos plantear su contratación (se ha de convocar una junta, tiene que estar esta contratación en el orden del día, …)?
Y esta es la respuesta:
En relación con su consulta, y siendo práctica de este despacho no crear falsas expectativas a sus clientes, le comento que este despacho profesional no es experto en asuntos de cooperativas ni constituye su principal actividad. Entiendo que le han informado mal en cuanto a nuestra experiencia con cooperativas. Nuestra máxima es la honradez y siguiendo la misma, he de informarle que no somos un despacho profesional dedicado al asesoramiento a cooperativas cómo parece que le han dado a entender.
Ello no obstante, y sentado lo anterior, deduzco de su consulta que lo que Uds. necesitan es alguien que les asesore en sus relaciones con la gestora. A este respecto, y una vez que tuviéramos acceso a la documentación que formaliza dichas relaciones, dada nuestra experiencia en el ámbito de la construcción y reclamaciones a promotoras, entiendo que estaríamos en disposición de poderles asesorar.
En particular y respondiendo a sus cuestiones:
El trabajo a realizar dependerá de su particular situación con la promotora, en términos genéricos es imposible pronunciarse como uds. me piden. En primer lugar, revisaríamos la documentación que obra en su poder al respecto y, a la vista de la misma, podríamos indicarles los pasos a seguir.
Nuestros honorarios se fijarían por tiempo de trabajo y no de forma anual. Entendemos que es la forma más justa de que Uds. paguen los servicios efectivos que se les prestan y nosotros percibamos la retribución por nuestro trabajo. Nuestro baremo para la minutación por tiempo es de 180 €/hora de trabajo, prorrateando las unidades de tiempo inferiores, con un mínimo de facturación de 10 minutos. Todo ello más el IVA que proceda.
Respecto a nuestra contratación, tendríamos que tener acceso a los Estatutos de la cooperativa para poderles asesorar al respecto.