Buenos días, perdonad el retraso, lo intento por segunda vez, a ver si sale esta vez.
Bueno vamos por partes. Con permiso de Adriande, voy a contestar primero a IvanJoe.
IvanJoe, no soy profesional de esta materia, pero tengo muy cerca a los que son, confiad en mi información, porque está contrastada, con quien mejor se puede hacer.
En cuanto a los documentos, son todos públicos, pero, ¿tu no crees que ya lo saben?, me refiero a lo aparecido en este foro.
Adriande, no podemos actuar en sí hasta que no nos lo quieran repercutir, en ese momento con la factura total, donde debe ir especificada cada partida, incluida la del 1% y en base a qué, podemos dirigirnos al Tribunal Económico Administrativo, ya se hará el escrito, si vemos que no van a rectificar. De todas maneras, parece que se puede hacer constar en la firma de escrituras de la situación del desacuerdo con dicho pago, mostrando al notario el escrito en que se basa la queja y que se va a reclamar al T.E.A. La opción de reclamar está contemplada en la Ley General Tributaria, Artículo 227, punto 4 apartado a).
Espero haber resuelto vuestras (de todos) las dudas.
Saludos.