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V
vpardillo
05/06/2009 22:56

Sobre presupuesto Albial

¿Cómo cambiar de administrador de la comunidad de propietarios?

640 lecturas | 0 respuestas
Hola de nuevo, sobre el presupuesto de la empresa Albial ubicada en Las Rozas que fue buzoneado os matizo una información importante que me remitió el administrador. El presupuesto lo tengo en PDF y salvo que alguien de forma expresa me lo pida, aquí no me permite adjuntarlo.
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Le remito en archivo adjunto nuevo presupuesto para los servicios de administración de su Comunidad conforme a los últimos datos recibidos. Este presupuesto es firme por parte de Abial y no sufriría modificación alguna salvo, lógicamente, algún pequeño ajuste por sugerencia de la comunidad de propietarios.


El procedimiento para el cambio de administrador es sencillo y consiste en adoptar los dos siguientes acuerdos en Junta General:

- Cesar a D./Dña......................del cargo de administrador de la comunidad a partir del día.........., momento en el que dejará de prestas sus servicios.

- Nombrar a D./Dña.................. como nuevo/a administrador/a de la comunidad, que comenzará a prestar sus servicios a partir del día.............


Para todo esto hay que tener en cuenta que los contratos que tenemos firmados los administradores con las comunidades suelen contener cláusulas indemnizatorias y de de preaviso para la extinción del contrato. En este caso, se bebería respetar en lo posible la cláusula de preaviso siempre que no sea excesiva (1 o dos meses) y las indemnizaciones se deben entender como no puestas en el contrato pues la jurisprudencia no las está admitiendo si no se demuestra un “lucro cesante” que en la práctica es imposible de demostrar.

Si el problema es que el administrador no quiere incluir este asunto en el orden del día no hay problema porque es el presidente de la comunidad la única persona autorizada a convocar la Junta General de Propietarios (aunque en la práctica sea el administrador quien convoque por orden del presidente). En conclusión, que el presidente convoque una Junta General con el siguiente orden del día: “Propuesta para el cambio de administrador de la comunidad de propietarios”. Finalmente, en caso de que el administrador se niegue a asistir a la Junta, presidirá la reunión el presidente y hará las funciones de secretario (tomará nota de lo que allí ocurra) el vicepresidente o cualquier otro vocal y en su defecto, la persona que en ese momento se elija.

Un cordial saludo,


PD: Estaremos encantados de poder girar una visita a la finca en la fecha que les venga bien.

 

Fin del hilo
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