Hola, ¿alguien sabe con certeza si el préstamo al que nos podemos subrogar de caja cantabria es cualificado o convenido?. La diferencia entre cualificado y convenido es que con el cualificado la vivienda se descalifica a los 20 años (y puedes descalificala voluntariamente a los 15 haciendo unos trámites), mientras que con el convenido el plazo es de 30 años inmodificables. Si preguntas a la gestora no lo tienen muy claro (dicen que lo llaman cualificado o convenido indistintamente), por lo que creo que habría que aclarar ese punto ya que la diferencia es muy grande, y obtener un papel por escrito aclarando ese tema, ya que las palabras por telefono se las lleva el aire.
En este enlace de la CAM se puede ver la normativa de descalificacion:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1181220116768&ssbinary=true Un saludo