Hola vecinos.
Os paso unos links del Ministerio de Hacienda y Catastro. El primero es el de la página principal del Catastro ; el segundo es una acceso a las preguntas más frecuentes acerca del mismo ; y, el tercero describe los recursos administrativos disponibles.
Lo más relevante para nosotros creo que es la pregunta V.4. del segundo link (referido a preguntas sobre gestión tributaria) y casi todo, por no decir todo del tercer link ("recursos administrativos").
Como resumen, parece ser que (como si de una multa se tratase) se debe interponer un recurso de altaza sobre el impuesto. Éste, en este caso, se debe poner en el Ayuntamiento de Arganda y, OJO!, se dispone de un mes desde la notificación para interponer el recurso (si es que podemos. Es importante comprobar la fecha que figure en las escrituras).
Salu2.
http://www.catastro.minhac.es/ http://www.catastro.minhac.es/preguntas/gestion_tributaria.htm http://www.catastro.minhac.es/preguntas/recursos_administrativos.htm