Totalmente equivocado, Goss, no nos enteramos o no nos queremos enterar. Pero yo encantado voy a resolver tus dudas. a saber:
-Los de la comunidad de los portales 17,19 y 21, efectivamente hubo mayoría, en rescindir el contrato del "jardinero" y "piscinero", por todo lo que ya sabemos.
-Se puso en conocimiento de la comunidad de los portales 13,15 y 17 de nuestra decisión, y se aportaron una serie de presupuestos tanto de mantenimiento de piscinas, como de jardín, de los cuales nos pareció el más apropiado uno en concreto.
-Que yo sepa en la junta que celebraron los vecinos de los portales 11,13 y 17, salió por mayoría rescindir el contrato a la empresa del jardín y piscina (¿me puedes explicar dónde ves tú la imposición?), se nos llena la boca con absurdas afirmaciones.
-De todas formas, y te sigo explicando Goss, la decisión de un tema de mancomunidad (como es el caso de jardin y piscina), porque existe una mancomunidad, no se si lo sabías, y además legalmente constituida, se juntan los votos de todos los vecinos, o sea los 108, independientemente de la comunidad donde vivan, y cada voto de cada vecino viene respaldado por su correspondiente coeficiente adjudicado a cada vivienda, y en como en casi todos los sitios gana la mayoría, y se decide lo que decida la ma..yo..ri..a.
Un ejemplo claro: cuando dices que se os comunicó nuestra decisión de rescindir el contrato con la empresa de jardinería y piscina, se trata de una decisión nuestra, no hay imposición. En el supuesto caso de que en las votaciones de vuestra comunidad, hubiese salido a favor de continuar con empresa de jardinería, en este caso, se hubiesen comunicado el número de votos totales a favor y en contra (reflejado por supuesto en el acta) de ambas comunidades, y se hubieran sumado, y el resultado final hubiese dependido de esa suma. Creo que queda claro.
Pero todavía voy más allá, imaginemos el supuesto caso de que en una comunidad (portales 17,19 y 21) salen 54 vecinos a favor de echar al jardinero, y en la otra comunidad (portales 11,13 y 15) salen también 54 vecinos pero en contra de echar al jardinero...¿quién ganaría?, pues la comunidad de los portales 11,13 y 17 ya que posee un coeficiente más alto que la otra comunidad, la diferencia es mínima, pero los pisos bajos de esta comunidad, poseen más m2, en concreto los de los extremos. Los de la comunidad de los portales 17,19 y 21 el bajo de arriba del todo tiene menos terreno, y el coeficiente de cada vivienda es proporcional a los m2 de cada una de ellas.
-En definitiva, creo sinceramente que te has pasado con ese comentario, parece que hay cierto resentimiento por algo que hemos decidido todos, y no estarás de acuerdo, pero tendrás que acatarlo y punto, porque soltar comentarios de ese calibre lo único que parece que quieres sembrar el enfrentamiento entre ambas comunidades, cuando en realidad, lo que se pretende es que de una vez por todas podamos tirar "pa´lante" y disfrutar de nuestro jardín y de nuestra piscina, dejando atrás resquemores y malos rollos.