La Comunidad reserva el 50% del suelo para vivienda protegida
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado remitir al Consejo Económico y Social (CES) el anteproyecto de Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, que establecerá una reserva del 50 por ciento del suelo para vivienda protegida en toda la región a excepción de los municipios de menos de 15.000 habitantes, a los que se da "libertad de opción" para establecer los porcentajes que "estimen oportuno".
El texto prevé asimismo reducir los plazos de tramitación de forma que la aprobación de los planes generales de ordenación urbana (PGOUs), que ahora tarda de media cuatro años, se limitará a dos años como máximo, mientras que en los planes parciales permitirá reducir a 12 meses el tiempo de los aproximadamente 47 meses de promedio que tardan actualmente.
Así lo explicó en rueda de prensa el consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Mariano Zabía, quien aseguró que la nueva normativa "impondrá transparencia y agilidad en todo el proceso urbanístico" y producirá "una inflexión a la baja del precio del suelo que a medio y largo plazo" abaratará los precios de la vivienda en la Comunidad de Madrid.
Según sus estimaciones, el texto comenzará a tramitarse en la Asamblea de Madrid a primeros de febrero, lo que permitiría su aprobación definitiva antes de Semana Santa. A este respecto, Zabía expresó su deseo de que esta nueva ley "sea lo más consensuada y debatida posible" con los agentes implicados.
El Gobierno regional encomendó a un comité de expertos, encabezado por el catedrático Eduardo García de Enterría, hacer un borrador de sugerencias que le asesorara de cara a la elaboración de esta normativa. No obstante, no todas las recomendaciones de este órgano han sido recogidas finalmente en el anteproyecto, como es el caso del porcentaje de suelo que debe dedicarse a vivienda protegida. De hecho, los expertos eran partidarios de no fijar cuotas en ningún caso.
En este sentido, el consejero madrileño advirtió que Madrid es la comunidad autónoma "que más suelo destina a vivienda protegida y la que más vivienda protegida construye". Además, recordó que la ley de suelo estatal anunciada por el Ministerio prevé un porcentaje de reserva del suelo para régimen de protección del 25 por ciento, o sea, la mitad de lo fijado por Madrid, por lo que descartó que en este punto pueda darse una posible "interferencia" del Gobierno central en la normativa regional.
SILENCIO POSITIVO Y ACCIÓN SUSTITUTORIA
El anteproyecto de ley contempla dos mecanismos para acelerar la tramitación urbanística de los suelos que se vayan a urbanizar: el silencio positivo, de forma que si las Administraciones no contestan a las consultas en los plazos establecidos el procedimiento urbanístico seguirá adelante, y la ejecución sustitutoria. Concretamente, prevé tres instrumentos de ejecución del planeamiento: por compensación, que realizarán los propietarios del suelo, por concurso público, y por expropiación forzosa.
Otro de los aspectos que destacó Zabía es que la norma cuenta con el máximo nivel de protección de los terrenos de la región catalogados por su valor medioambiental. En la Comunidad de Madrid el 65,3 por ciento del territorio es suelo no urbanizable, en su gran mayoría por razones medioambientales ; el 8,6 por ciento lo ocupan las actuales ciudades y pueblos ; otro 4,1 por ciento está preparado para urbanizar ; y otro 4,4 por ciento es para redes públicas. El 17,5 por ciento restante es no comprometido, que supone la reserva de suelo a medio y largo plazo para el desarrollo de la región.
El anteproyecto clasifica el suelo en tres grandes tipos: urbano, rústico y urbanizable. Dentro del rústico se encuadran los suelos con protección ambiental -especial y preservado- y una nueva figura denominada rústico transformable, que es aquel que no está protegido ni está programado para urbanizar.
CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO
Respecto a los plazos urbanísticos, el texto fija plazos más reducidos para aprobar los Planes Generales Municipales, que dibujan el modelo urbano que quiere acometer cada ayuntamiento, y los planes sectoriales, que desarrollan cada parte del Plan General. Mientras que en la actualidad el plazo mínimo de aprobación de un Plan General alcanza de media los 4 años, la nueva normativa pondrá un plazo máximo de dos años. Si agotado este periodo de tiempo no se hubiera aprobado, se declarará la caducidad del procedimiento, esto es, deberá ser tramitado de nuevo desde el principio.
Mientras, se reduce a una cuarta parte el plazo para aprobar los planes parciales, que son aquellos que detallan el número de viviendas, locales, calles y zonas verdes de cada sector, y que a partir de la aprobación de esta ley se tramitarán en 12 meses en vez de en los cuatro años que transcurren en la actualidad.
Por otro lado, con el fin de lograr la máxima transparencia en el proceso urbanístico se creará un Registro Urbanístico en el que todos los ciudadanos podrán consultar en cualquier momento la situación urbanística de cada uno de los municipios de la región, los mapas urbanísticos, e incluso los trámites que realicen particulares y ayuntamientos. Este registro será público, se actualizará permanentemente y se podrá consultar en la página web de la Comunidad de Madrid. La ley también obliga a los ayuntamientos a hacer públicos los convenios urbanísticos que suscriban.
El anteproyecto mantiene la cesión obligatoria de suelo para dotaciones sociales, como colegios y centros de salud, e incrementa las destinadas a zonas verdes en los nuevos desarrollos urbanísticos. Asimismo, incorpora la autorización previa de la Comunidad para aquellos grandes desarrollos urbanísticos que incluyan suelos públicos con aprovechamiento lucrativo, con el objetivo de garantizar unas adecuadas infraestructuras de transporte en la zona de influencia que faciliten la movilidad en toda la zona.
En el capítulo de la rehabilitación incluye a la iniciativa privada en la renovación de los ámbitos degradados de los cascos antiguos a través de la figura del rehabilitador, que podrá actuar mediante concurso público, mientras que las sanciones en caso de infracciones urbanísticas se actualizan al alza, pudiendo alcanzar su importe los tres millones de euros y la reposición de los daños ocasionados, en función de su gravedad.