Hola Jatadio y Juan Roca me alegro por vosotros que hasta el momento sólo se haya quedado en malos olores, pues podría admitirse que fuera un mal sellado del inodoro al suelo o problema menor similar. No obstante sin querer alarmaros, es posible, a la vista de lo que contáis, que se trate de leves retenciones sólidas (por su nombre excrementos, papel higiénico, etc,) sin que todavía se halla producido un atasco lo que justificaría en principio solo el mal olor. En mi caso como conté también antes de los atrancos empecé notando un mal olor procedente del cuarto de baño de abajo. Por cierto cuando se desatrancó con agua a presión por los poceros se produjo un olor intenso en la parte baja del chalet que duró unas 24 horas en desaparecer.
Por desgracia se me han producido más atrancos y consiguientes olores y cada vez en menor espacio de tiempo. En este momento que escribo estas líneas tengo otro puñetero atranco (pues el seguro se ha limitado a desatrancar sin arreglar el problema que lo origina y además advirtiéndome como dije anteriormente que yo debo arreglar la causa).
Ya no me cabe la menor duda y además según comentarios de poceros (los que envió en su día el seguro), posiblemente la causa de los atrancos se puede deber a alguno/s de estos motivos, mala disposición tubos (insuficiente inclinación), culatones defectuosos en las arquetas, restos de hormigón o cemento que en su construcción se echaron al desagüe y solidificaron, rotura de tubos al taparlos con escombros y tierra y no protegerlos debidamente, etc.…..)
Por cierto ya después de este tercer atranco, he decidido llamar al teléfono común ( 91 643 86 24 ) que tienen Urbinco y Estudio 5 con domicilio social en la C/ Aragón- 5, local y 2ª planta de Alcorcón (Madrid) y me han dado un teléfono de asistencia al cliente posventa (Telf. 91 641 15 17), pues me dijo la persona que me atendió que ellos eran Administración y que la posventa la llevaba ese departamento. No obstante me advertía que sería difícil que me atendiesen en el mismo, pues dichas personas viajan constantemente a las obras, bien sea las de Coimbra en Móstoles, Barcelona, Alicante, etc….
Pues bien he estado llamando durante 2 días, digo bien 2 días (y cuando me acuerdo hago una llamada por si acaso) y siempre me da comunicando (obviamente el teléfono está descolgado, sino hacer la prueba). Por lo que ante esto me he vuelto a dirigir al primer teléfono de la empresa y me han dicho que lo sienten pero que lo único que pueden hacer es darme ese teléfono, o el Fax o el correo electrónico (por cierto les he mandado tres correos electrónicos a su dirección
estudio5@estudio5.es , y si como oyeran llover) , a pesar del cabreo monumental que pille con la operadora de turno, pues le decía que ya poseía toda esa información, lo que quería era que alguien al menos atendiese mi demanda (Me dio igual porque estaba programada para contestar siempre igual. Imagino que la empresa tiene un procedimiento establecido para aburrir al incordio de turno que reclama ante defectos como estos o similares y que ante la necesidad del arreglo, termine solucionándolo por su cuenta).
Ante esto, me he dirigido a la OCU de Móstoles (Oficina Municipal de Información a Consumidores y Usuarios) telf. 91 664 76 29 y me han aconsejado que dirija un requerimiento por escrito a la empresa a través de BUROFAX, por ser medio admitido legalmente para certificar ante Administración o Juzgado llegado el caso, que la comunicación se ha producido y transmitido hasta el ultimo punto y coma del escrito o en su caso se ha rehusado (no obstante aun cuando lo rehúse también cualquier juez lo entiende a efectos legales recibido por la empresa destinataria del Burofax).
De momento estoy a la espera de acontecimientos, ya os seguiré informando de mis avatares legales, que imagino empiezan ahora, por si de lo que me vaya sucediendo sirva de algo a persona que se le presente un problema similar.
Ah¡ se me olvidaba, el problema de humedades, atascos y similares, me han informado en la OCU que son vicios ocultos de habitabilidad y que tienen un plazo de 2 años desde que se constata el problema, por tanto es erróneo cuando dije en un anterior mensaje que había 10 años para su reclamación, pues este último plazo es para los que afectan a la seguridad del inmueble.