Hola vecino, yo soy de la 2 fase también.
Respecto a lo del IBI:
La constructora pagó el IBI del año 2006, porque le correspondía pagar ya que era titular de la parcela en enero de ese año, y la ley dice que esta obligado a pagar el que sea titular en el mes de enero del ejercicio.
Las viviendas las entregó en julio, agosto y septiembre del 06.
El año 07 le corresponde pagarlo a los nuevos dueños de las viviendas tras la división horizontal.
La constructora se dio de baja de titularidad de la parcela en noviembre / diciembre del 06. (No esta obligada según ley a comunicar su baja al nuevo propietario)
Es el nuevo propietario quien esta obligado a darse de alta como titular de la vivienda en el Ayuntamiento de Madrid.
Forma de proceder:
1º Llamar al 010 para que te den cita para realizar el Trámite. (oficinas en C/ Alcalá y C/ Sacramento.
2º Documentación que hay que aportar: - Original de la escritura de la vivienda - Fotocopia de la misma - DNI - Fotocopia del DNI (Si son dos los titulares, las dos fotocopias)
3º Es muy conveniente entrar en oficina virtual del catastro, en internet, pinchar en "datos no protegidos"
y pinchar de nuevo en "localización" donde rellenaremos código postal, nombre de la calle numero portal (con su letra) y piso. Obtendremos de esta manera una bonita ficha catastral donde figurará el número de REFERENCIA CATASTRAL, que facilitará mucho los trámites al funcionario de turno y por extensión a nosotros, (en tiempo)
Procederemos a sacar la ficha de vivienda, plaza de garaje y trastero, cada uno tiene su respectivo número de referencia catastral. Ojo con el garaje que no es el número 10 como las viviendas, el número del garaje es el 8 de la C/ Yécora.
4º Con todo esto el probo funcionario, tras currar un poquito, (que putada) te extendera a tu nombre una preciosa carta de pago con el costo del IBI del año 07 y que podrás hacer efectivo en los bancos que te indica el mismo papel.
(Para que te hagas una idea, por piso plaza de garaje y trastero unos 380 eurazos mas o menos.
5º Se puede domiciliar el pago pidiendo un impreso de domiciliacion de IBI en la misma oficina donde se haga el cambio de titularidad, rellenándolo y pudiéndolo entregar en cualquier junta de distrito.
Yo no dejaría pasar mas tiempo, aunque seguramente no te cobren inereses de demora, al ser un cambio de titularidad, nunca se sabe.
Espero haberte ayudado.
txintxetha.