Referencia Catastral
¿Cuál es el significado y las consecuencias de la cláusula de la escritura que hace referencia a la falta de referencia catastral de la finca?
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Hola vecinos, tenemos una duda con respecto a una de las cláusulas de la escritura, y no se si alguno de vosotros podría informarnos al respecto de su significado y consecuencias.
En el apartado REFERENCIA CATASTRAL pone textualmente: “No se dispone de la referencia catastral de la finca descrita, dado su reciente construcción. Yo el Notario, hago a los comparecientes expresa advertencia de que incurren en incumplimiento de lo previsto en el citado articulo 50 Nº 3 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de las consecuencias que del mismo pueden derivarse, así como que realizaré al Catastro la comunicación prevista en es articulo 51 nº 4b, de la repetida Ley.
Esperamos que alguno de vosotros pueda aclararnos esta cláusula.