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J
jch
25/06/2007 13:14

CAFETERIA

1.275 lecturas | 6 respuestas

Soy uno de los vecinos u
 
D
DADMAN
29/06/2007 07:06
TE RECOMIENDO QUE POR REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO EXPONGAS TU PROBLEMÁTICA, QUE DICHO ESCRITO ESTÉ FIRMADO POR LA MAYORÍA DE VECINOS.

EN RELACIÓN AL INCUMPLIMIENTO DE LO RESEÑADO EN ORDENANZA REGULADORA O EN CASO DE QUE ESTA NO EXISTA EN LA LEPAR, ESTE HECHO ES DENUNCIABLE, PARA ELLO PUEDES SOLICITAR LA PRESENCIA POLICIAL PARA QUE CONSTATE EL HECHO DEL INCUMPLIMIENTO Y ESTA A SU VEZ PUEDE DENUNCIARLO. INDEPENDIENTEMENTE QUE LA POLICIA DENUNCIO O NO, DEBERÁ EXPIDIR INFORME REFLEJANDO LO SUCEDIDO (A REQUERIMIENTO DE CIUDADANO SE PERSONAN A TAL HORA Y EFECTIVAMENE LA CAFETERIA A TAL HORA ESTÁ CERRADA, POR EJEMPLO) Y A ESTE INFORME TENDRÁ DERECHO A COPIA COMO PARTE INTERESADA, COPIA QUE DEBERÁ SOLICITAR A LA POLICIA A TRAVÉS DE REGISTRO DE ENTRADA.
 
P
PEPELU
28/06/2007 08:21
Las alegaciones en contra de una cafetería hay que denunciarlas en el ayuntamiento...

Saludos.
 
J
jch
27/06/2007 14:23
Gracias por la informacion

Con esto ya sé el horario ¿pero que hago llamo a la policia? ¿tengo que ir al Ayuntamiento??
 
P
PEPELU
27/06/2007 08:27
Me parece que estás equivocado, hay que remitirse a la ordenanza de terrazas de veladores del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.... aquí podeis encontrarla (por cierto que en el artículo 13 están las horas que pueden tener abierta la terraza y difiere bastante de la mencionada anteriormente.)

https://www.ssreyes.org/docs/ordenanzas/ord_veladores.pdf

Saludos.
 
D
DADMAN
25/06/2007 17:42
Según la licencia del establecimiento existe diversidad de hora de cierre, la licencia debe tenerla expuesta al pco en el interior del establecimiento:

- Bares Especiales: Bares de copas de 13 horas mañana a 3 horas madrugada
- Tabernas: De 10 horas mañ a 2 horas madrugada.
- Bodegas: De 10 horas mañ a 2 horas madrugada.
- Cafeterías: De 6 horas mañ a 2 horas madrugada. (probablemente tenga esta)
- Bares y Cafés-Bares: De 6 horas mañ a 2 horas madrugada
- Restaurantes: De 10 horas mañ a 2 horas madrugada

El horario de cierre se incrementará en 30 minutos el viernes, sábados y vísperas de festivos, de forma general.

Es decir, si hablamos de cafetería podría cerrar a las 2,30 horas.

En caso de terrazas, la apertura nunca antes de las 10.00 horas y el cierre a la hora del establecimiento.

Decirte también que si incumpliese el horario deberías llamar a policía local para que esta denunciase de acuerdo con la LEPAR por incumplimiento de horario de cierre.

Para más información mira la Ley 17/1997 De Espectáculos pcos y actividades recreativas en la CAM. LEPAR
 
J
jch
25/06/2007 13:19
Lo siento se me ha escapado el dedo y he dado a enviar...
Continuo con el mensaje

Soy uno de los vecinos perjudicados por la terraza de la plaza, de momento no estamos teniendo muchos problemas porque dormimos con las ventanas cerradas pero aun asi se oye por la noche a la gente y los niños gritando, las mesas hacen ruido cuando las recogen etc.

¿alguien sabe la normativa de horarios? ¿que hay que hacer cuando se pasen de la hora??
 

Fin del hilo
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