Estos son los requisitos y la documentación a entregar para la obtención de la calificación provisional, tardan hasta tres meses en otorgarla, y en nuestro caso, no sabemos, entendemos que estén gestionandola, pero aún no parace publicada en la web de la comunidad de madrid.
El edificio que está en construcción ahora mismo, la tiene desde 03/2009, y las primeras fotos con maquinaria y el terreno allanado, son del 06/2009.
Los promotores de Viviendas con Protección Pública presentarán la solicitud de calificación provisional ante la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, acompañada de la siguiente documentación:
1.Los documentos acreditativos de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación que ostente.
2.Escritura de constitución de la entidad promotora.
3.El certificado del Registro de la Propiedad acreditativo de la titularidad de los terrenos y de su libertad de cargas y gravámenes que puedan representar un obstáculo económico, jurídico o técnico para el desarrollo del proyecto. Cuando conforme a dicho certificado se constate que los solicitantes no son titulares de los terrenos, deberá aportarse documento suficiente en Derecho que acredite la disponibilidad de los terrenos para construir.
4.El proyecto básico visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid o autorizado por la Oficina de Supervisión del organismo oficial que los promueva, incluyendo el certificado de viabilidad física y geométrica.
5.Cédula urbanística o certificado expedido por el Ayuntamiento en el que se consigne la calificación urbanística del terreno.
6.Documento acreditativo del pago de la tasa por calificación provisional de viviendas con protección pública de nueva construcción.
7.Los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de acceso a la vivienda cuando se trate del promotor individual para uso propio