Hola a todos contad conmigo ,yo ya terminé de pagar en febrero y me vence el aval el 5 de febrero del 2009 ,osea de momento el que mas temprano .
Mi contrato dice así :
La caja asturias garantiza las cantidades pagadas a la vendedora, si ésta por causas imputables a ella no llegase a poner a disposición del Comprador la vivienda en los terminos señalados en la estipulación Cuarta del contrato de compraventa de fecha 11 de mayo de 2006 .
Para la ejecucion del presente aval será necesaria la presentación al banco del original de este aval junto con la presentación del original de las letras de cambio , ó documento acreditativo del pago , como justificante del pago .
El presente aval tendrá valided hasta el 5 de Febrero de 2009 , salvo que con anterioridad se acredite la entrega al beneficiario de la expresada vivienda , siendo suficiente al efecto con la presentación del acta notarial de final de obra .
El banco notificará la ejecución del presente aval a Fadesa Inmobiliaria S.A , que solo podrá oponerse a su cargo si acredita al Banco la terminación y puesta a disposición del beneficiario de la expresada vivienda en la forma anteriormente señalada .
Para cancelar el aval sará suficiente la presentación de la copia de la escritura Publica de compra venta .
El presente aval ha sido inscrito en el registro especial de avales con el nº 46557 , cta.001-980011388.
En Oviedo a veintiseis de mayo de 2006 .
Para que sepais má la disposición cuarta que tengo en el contrato dice lo siguiente :
A los efectos previstos en la Ley de 27 de Julio de 1968 , según redacción dado por la LOE , se garantizará , por póliza suscrita con Compañia de Seguros , o aval solidario prstado por la entidad Bancaria ó Caja de Ahorros , a elección de la Vendedora , para el supuesto de que no llegase a entregar el / los inmuebles objeto del presente contrato , la devolución de las cantidades entregadas más el interés legal que , como pago anticipado a la entrega del /los inm,uebles percibirá la entidad Vendedora .
Comom podeís ver , yo creo que los que estén en las misma situación que yo no tendriamos que tener muchos problemas . Lo que hay que hacer es en tiempo y en forma enviar notarialmente a la caja de Asturias la prórroga ó la ejecución del aval , ya que esta no se puede echar atras despues de haber dado un aval y decir que ahora no te lo renuevo .
Espero no haber sido pesado y que esto le pueda servir a alguno de los afectados. Mi correo
fernando10@telefonica.net