Efectivamente, se puede negociar con ambos conceptos que una cosa el el 80% del precio de la vivienda y otra el 80% del precio de tasación de la misma, en nuestro caso como existe una diferencia sustancial entre ambos a mí si que me han concedido conciliar el importe solicitado que es superior al 80% del precio porque aparte de pagar la casa, pagaré la cocina, algún mueble, y algún prestamo que he suscrito para meterme.
Respecto lo de los criterios, una cosa es cuando se firma y otra muy distinta es que se paralice o atrase la obra, en ningun caso ha interferido la una con la otra, la gente que nos suscribimos al principio cumplimos "todos nosotros" y "todos los criterios", solo que ha habido cambios en la ley y eso ha sido problemático para algúnos, en el mensaje anterior a este he metido una respuesta que lo describe con mayor profundidad y os aseguro que no ha sido plato de gusto para los que lo han padecido, realmente es que se pueden torcer las circunstancias de modo injusto, precisamente con la intención de evitar que halla gente que pueda acogerse a una vivienda protegida, sin tener necesidad de ello, pero a veces, para evitar fraudes en la ley, se puede cometer injusticias que vallan en contra del espiritu de la ley o en este caso de la finalidad de facilitar el acceso a una vivienda digna. Un saludo y sigo en mi intención de no ver pasar el día...mañana, mañana (para entender esto último mejor leerse la susodicha respuesta)