Acabo de leer algo interesante:
"La fecha de entrega debe de estar prevista en el contrato de una forma clara y precisa. Así lo dispone el artículo 5.5 del ´Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre Protección de los Consumidores en cuanto a la información a suministrar en la Compraventa y Arrendamiento de Viviendas´."
http://www.nuevosvecinos.com/general/contenidos.asp?docid=9 En mi contrato no pone ninguna fecha clara ni precisa, es más no hay fecha!