Ajardinamiento zonas comunes
¿Qué obligaciones hay en relación a la licencia de 1ª ocupación?
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Os escribo textual lo que figura en la licencia de 1ª ocupación:
"En relación con la licencia de 1ª Ocupación solicitada por GRUPO INMOBILIARIO FERROCARRIL, S.A, una vez examinada la documentación presentada y realizada la preceptiva visita de inspección al inmueble los días 5 de julio y 2 de septiembre de 2007, se comprueba que se ajusta a la licencia de obra concedida en Junta de Gobierno Local de fecha 15 de julio de 2005, de acuerdo con el Proyecto de Ejecución y reflejándose las modificaciones realizadas en el transcurso de la obra en el Proyecto Final de Obra, con la siguiente salvedad:
- Falta el ajardinamiento de la parcela, no obstante, y dada la poca entidad del tema requerido, no veo inconveniente técnico para la concesión de la licencia de 1ª ocupación, con la obligación de aportar un aval de 9.000 € para subsanar dicho tema.
Con respecto a la vía pública perimetral, comprendiendo todos los elemtnso que la componen, serán de obligado cumplimiento las reparaciones reseñadas en el acta realizado por la Dirección Facultativa del Consorcio Urbanístico Parla-Este".
Perdona el rollo, pero por lo que entiendo, nos tienen que dejar ajardinadas las zonas o devolvernos la promotora 9.000 € a los vecinos. ¿Alguien ha leido el documento? ¿es como creo que es?
Saludos,